Con posterioridad al período de garantía legal, MADEMSA proporcionará al producto, adi-
cionalmente y en forma gratuita, un Servicio Asistencia Integral (SAI), en los términos que a
continuación se señalan:
1. Objeto del SAI
El objeto único y exclusivo Servicio Asistencia Integral (SAI) será reparar el producto en el
y componentes, dicho producto experimente una falla que lo haga incom-
petente para su uso normal.
Se excluyen Servicio Asistencia Integral (SAI) los daños ocasionados al producto por un he
cho imputable al consumidor y/o a terceros, por accidentes ocurridos con posterioridad a la
entrega, por la instalación incorrecta del producto a la red de energía, maltratos, descono
cimientos y desobediencia a las instrucciones de uso o mantención, daños ocasionados por
daños al pulido exterior, piezas de vidrio o plástico extraíbles, uso de com-
bustibles no apropiados, defectos causados por el transporte, recambio de piezas o
partes no legítimas y alteraciones de cualquier tipo efectuadas por personas no autorizadas.
2. Costo del SAI
El Servicio Asistencia Integral (SAI) será proporcionado al consumidor en forma gratuita, in-
cluidos mano de obra y repuestos. Se excluyen de lo antes señalado, el cobro del despla-
zamiento del personal Servicio Asistencia Integral (SAI) MADEMSA, en caso de reparaciones
domiciliarias. Los repuestos, partes, piezas y componentes del producto reemplazados debe
rán ser restituidos por el consumidor al Servicio Asistencia Integral (SAI) MADEMSA, sin costo
para este último.
3. Prestación del SAI
El Servicio Asistencia Integral (SAI) será prestado al producto exclusivamente por alguno de
los Servicios Asistencia Integral MADEMSA.
4. Plazo de vigencia del SAI
El Servicio Asistencia Integral (SAI) tendrá vigencia y será válido durante el plazo de un año,
a contar de la fecha de compra del producto.
Este plazo no será renovado o prorrogado debido a reparaciones realizadas al producto
dentro del citado período de vigencia.
Para los efectos de hacer efectivo el Servicio Asistencia Integral (SAI), el consumidor deberá
presentar al Servicio Asistencia Integral MADEMSA el presente documento, acompañado de
la Factura o boleta de compra del producto.
Conserve esta tarjeta, cuya exhibición,
acompañada de la factura o boleta
de compra del producto, le servirá
para hacer efectivos sus derechos
RED SERVICIO ASISTENCIA INTEGRAL
ARICA
BRAVO Y AGUIRRE LTDA.
FERNANDEZ Y ACEVEDO CIA.LTDA
IQUIQUE
SERVICIOS FERNANDEZ LTDA.
ANTOFAGASTA
SERVICIOS FERNANDEZ LTDA.
CALAMA
ESTEBAN MARTINEZ & CIA. LTDA.
COPIAPO
COMERCIAL ORESTES AVALOS E HIJOS LTDA
VALLENAR
COMERCIAL ORESTES AVALOS E HIJOS LTDA
LA SERENA
ORESTES AVALOS P.
COQUIMBO
FERNANDEZ Y CIA. LTDA.
OVALLE
VIÑA DEL MAR
SERVICIOS INDUSTRIALES LTDA.
SAN FELIPE
SERVICIOS INDUSTRIALES LTDA.
SAN ANTONIO
SUCKEL Y CIA LTDA.
MELIPILLA
SUCKEL Y CIA LTDA.
MAIPU
SERVICIO Y SOLUCIONES LTDA.
ACECÓN*
ACECÓN LTDA.
MATUCANA
JORGE BRAVO Y CIA. LTDA.
SAN BERNARDO
SOC. LIZANA Y CORTEZ LTDA.
VITACURA
SOC. LIZANA Y CORTEZ LTDA.
RANCAGUA
SERVICIOS INTEGRALES LTDA.
SAN FERNANDO
SERVICIOS INTEGRALES LTDA.
CURICO
SERVICIOS INTEGRALES LTDA.
TALCA
ARAYA Y ARAYA LTDA.
LINARES
ARAYA Y ARAYA LTDA.
CHILLÁN
DANIEL CORREA
CONCEPCIÓN
LUCIO ALTAMIRANO Y CIA. LTDA.
LOS ANGELES
SILVA CARPIO LTDA.
ANGOL
CASTILLO Y PARRA LTDA.
VICTORIA
CASTILLO Y PARRA LTDA.
TEMUCO
BRUN Y VALENZUELA LTDA.
LA REGLA Y PEREZ LTDA.
VALDIVIA
LA REGLA Y PEREZ LTDA.
OSORNO
STA. DEL SUR LTDA.
PUERTO MONTT
ERWIN GONZALES V.
CASTRO
COYHAIQUE
JORGE TORO BAEZ
PUERTO NATALES
OMAR HAROL
PUNTA ARENAS
LUIS GARCIA B.
* Acecón especialista en instalaciones de gas. RM
SOTOMAYOR 894
SARGENTO ALDEA 923
COPIAPO 956
VARGAS 1891
O' HIGGINS 331
A. PRAT 562
COLON 578
PORTALES 538
ARAUCO 251
QUILLOTA 951
FREIRE 245
BARROS LUCO 2291
SERRANO 118
PORTALES 165
PORVENIR 04.
MATUCANA 1043
VICTORIA 685
DETROIT 1674 ( VITACURA ALT: 7700)
CUEVAS 839
CHACABUCO 579
VIDAL 419
9 ORIENTE 1254
LAUTARO 533
18 DE SEPTIEMBRE 998
OROMPELLO 714
ERCILLA 105
O' HIGGINS 433
RAMIREZ 520
MIRAFLORES 1099
PICARTE 829
ANGULO 608
DOCTOR MARTIN 433
RAMIREZ 536
ALMIRANTE SIMPSON 780
BULNES 983
ANGAMOS 499