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El trabajo con la carretilla
4.1
Normas de seguridad para la circulación
Trayectos transitables y zonas de trabajo: sólo está permitido conducir por las
vías y caminos autorizados para la circulación. Las terceras personas no autorizadas
deben permanecer alejadas de la zona de trabajo. La carga sólo puede ser
almacenada en los lugares previstos para ello.
Comportamiento durante la marcha: el conductor debe adaptar la velocidad del
vehículo a las condiciones locales. Debe conducir despacio, p. ej., en curvas, antes
de y en pasos estrechos, al atravesar puertas oscilantes y en zonas de mala
visibilidad. Debe respetar siempre una distancia segura de frenado respecto a los
vehículos que le precedan, y debe mantener la carretilla siempre bajo control. Está
prohibido parar repentinamente (excepto en caso de peligro), girar con rapidez, y
adelantar en lugares peligrosos o con mala visibilidad. Está prohibido asomarse o
sacar los brazos fuera de la zona de trabajo y de mando.
Condiciones de visibilidad durante la marcha fuera del paso estrecho: el
conductor debe mirar en el sentido de la marcha y poseer siempre una vista
suficiente del camino que está recorriendo. Si se transportan unidades de carga que
obstaculizan la vista, la carretilla debe circular con la carga colocada atrás. Si esto
no es posible, una segunda persona tiene que ir delante del vehículo para avisar al
conductor de posibles peligros u obstáculos e indicarle debidamente.
Servicio con palet transitable: si el vehículo es apto para el uso con un palet
transitable que no esté dotado de barreras laterales ni barandillas, el operario tendrá
la obligación de sujetarse empleando un cinturón de sujeción conforme a la norma
EN 361 y un elemento de unión adecuado (2,0 m) conforme a la norma EN 355
(véase el cap. 3.1).
F
No está permitido detenerse ante ni realizar trabajos en estantes que no posean
suelo alguno a un lado del pasillo de estanterías. Se debe guardar respecto a la
estantería una distancia inferior a 0,2 m.
M
Circulación por pendientes ascendentes y descendentes: está prohibido circular
por pendientes ascendentes y descendentes.
M
Circulación por rampas de carga: está prohibido circular por rampas de carga.
Circulación en montacargas: la circulación en los montacargas está permitida
únicamente si éstos presentan una capacidad de carga suficiente, tienen una
estructura constructiva apta para el tránsito y la entidad explotadora ha autorizado la
circulación en ellos. Antes de circular por ellos, se deben comprobar esos aspectos.
La carretilla se debe conducir al interior del montacargas con la unidad de carga
colocada delante y se debe colocar en una posición que no permita el roce con la
caja del montacargas.
Las personas que viajen en el montacargas a la vez sólo podrán entrar en éste
cuando la carretilla esté colocada en una posición segura; dichas personas deberán
abandonar el montacargas antes que la carretilla.
Características de la carga a transportar: el operario deberá comprobar que las
cargas se encuentran correctamente colocadas. Sólo está permitido desplazar
cargas estables y que se hayan fijado de manera segura. Ante el menor riesgo de
vuelco o caída de alguna de las partes de la carga, se deben adoptar medidas de
seguridad adecuadas.
E 16