zona de profundidad comprendida ente 6 m y 3 m [20 y 10
pies], se visualizarán la indicación CEILING (profundidad
techo), así como la profundidad y la duración de la parada
de seguridad calculadas. En tal caso, deberá esperar a la
fi nalización de la parada de seguridad obligatoria para poder
ascender a la superfi cie (Fig. 6.8.). La duración total de la
parada de seguridad obligatoria depende de la gravedad de
la infracción relativa a la velocidad de ascenso recomendada.
No debe ascender por encima de una profundidad de 3 m [10
pies], cuando aparezca la indicación de parada de seguridad
obligatoria. Si asciende por encima de la profundidad techo de
parada de seguridad obligatoria, aparecerá una fl echa dirigida
hacia abajo y la alarma acústica emitirá un "bip" continuo
(Fig. 6.13.). Debe descender de nuevo inmediatamente a
la profundidad de la parada de seguridad obligatoria. Si Ud.
corrige, en cualquier momento de la inmersión, esta infracción
del procedimiento de descompresión, no tendrá efectos sobre
el cálculo de desaturación en futuras inmersiones.
Si Ud. persiste en no respetar la parada de seguridad
obligatoria, el cálculo del estado de sobresaturación se
modifi ca en consecuencia, y el ordenador de buceo reduce
los tiempos de inmersión sin paradas de descompresión de
la siguiente inmersión. Ante esta situación, le recomendamos
que prolongue el intervalo en superfi cie antes de la siguiente
inmersión.
Fig. 5.14. Ajuste de las mezclas
de gas suplementarias (MIX2,
MIX3).
a) Se activa la mezcla MIX 2.
El porcentaje de oxígeno es del
50%, el límite de presión parcial
de oxígeno es de 1,6 bar. La
profundidad operativa máxima
es de 21,3 m. Pulse los botones
de desplazamiento para activar/
desactivar la mezcla MIX 2.
Pulse SELECT para aceptar los
ajustes.
a) Se desactiva la mezcla MIX
3. El porcentaje de oxígeno es
del 99%, el límite de presión
parcial de oxígeno es de 1,6. La
profundidad operativa máxima
es de 6 m.
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