Información sobre la eliminación de equipo eléctrico y electrónico
y eliminación de pilas y acumuladores
El símbolo del contenedor de basura tachado con barra inferior que se muestra en el producto o en los
documentos relacionados indica que el producto está sujeto al tratamiento, recogida y reciclado
apropiados para residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), según la Directiva 2002/96/CE,
y/o residuos de pilas y acumuladores, según la Directiva 2006/66/CE de la Unión Europea.
El símbolo puede aparecer junto con uno de los símbolos químicos mostrados a continuación. En tal
caso, estará cumpliendo con los requisitos de la Directiva 2006/66/CE para dicho elemento químico.
Este producto no debe eliminarse como un residuo doméstico general. Al eliminar correctamente los
RAEE y los residuos de pilas y acumuladores, estará contribuyendo a reducir el consumo excesivo de
los recursos naturales, además de proteger la salud del ser humano y el medio ambiente de los efectos
negativos potenciales provocados por las sustancias peligrosas que contienen los productos.
Póngase en contacto con su proveedor para obtener información sobre los métodos de eliminación
aplicables.
Reglamento de la FCC (Comisión Federal de Comunicaciones de EE. UU.)
Cualquier cambio o modificación sin la aprobación expresa de la parte responsable del cumplimiento
de la normativa anulará la autorización de uso del equipo por parte del usuario.
ADVERTENCIA
Las pruebas realizadas sobre este equipo confirman que cumple con los límites dispuestos para
dispositivos digitales de clase A, en conformidad con la parte 15 del Reglamento de la FCC. Estos
límites se han establecido para proporcionar una protección razonable contra interferencias dañinas al
utilizar el equipo en un entorno comercial. Este equipo genera, usa y emite energía de radiofrecuencia
y, si no se instala y usa de acuerdo con el manual de instrucciones, podría ser una fuente de
interferencias dañinas para las comunicaciones de radio.
El uso de este equipo en una zona residencial puede provocar interferencias dañinas, en cuyo caso se
exigirá al usuario que ponga remedio a dichas interferencias por su cuenta propia.
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