Descargar Imprimir esta página

ORANGE MF637 Guía De Instalación Y De Uso página 18

Publicidad

extranjero de acuerdo con los cargos o precios que se hayan establecido por la utilización de la Red de operadores extranjeros, no
Servicio de Atención al Cliente y sitio web de ORANGE. No se facilitará el detalle del origen de accesos o llamadas recibidas en roaming.
El Servicio suplementario Pago ORANGE, por el cual el Cliente podrá efectuar adquisiciones de bienes o servicios, en las entidades
adheridas, encomendando,por su cuenta e interés, a ORANGE, el pago del precio de los mismos, que le será repercutido por ORANGE
telefónico, de acuerdo con las Tarifas y demás condiciones generales y/o particulares,ofertas o promociones económicas en vigor en el
información de tarifas vigentes que se entregan previo al inicio de la prestación del Servicio y que estarán accesibles en todo momento
la fecha de su entrada en vigor si resulta afectado. Cualquier concesión, promoción y/o descuento por parte de ORANGE sobre el precio
constituir en ningún caso precedente a favor del Cliente. El cliente podrá obtener información sobre los cargos en los que haya incurrido
durante los últimos 30 días a la fecha de petición. Podrá acceder gratuitamente a dicha información desde su zona personal a través de la
web www.orange.es, o mediante una llamada al centro de atención al cliente previo abono del cargo correspondiente cada vez que
solicite la información.
contra saldos promocionales predispuestos por ORANGE en favor del Cliente ni sin coste alguno para el mismo por lo que se requerirá
previa recarga del saldo con cargo al Cliente. Así mismo, el saldo promocional facilitado por Orange tendrá una caducidad de 30 días
naturales desde que Orange realiza la recarga y no podrá ser utilizado si el cliente no dispone de saldo recargado por el propio cliente a
su cargo. En caso de otorgarse al Cliente descuentos o la aplicación de Tarifas que comporten franjas temporales u horarias sin coste
de tales limitaciones o descuentos.
datos, la posibilidad de aplicar a las mismas un incremento equivalente al aumento que experimente anualmente el Índice de Precios al
ORANGE cobrará al Cliente las cantidades que éste debe abonar por la utilización del Servicio suplementario Pago ORANGE, y repercutirá
al Cliente con cargo al saldo disponible las cantidades abonadas a los terceros por su cuenta e interés. El Cliente está obligado a
3.- ORANGE prestará el Servicio exclusivamente en las zonas de cobertura del territorio nacional en el que el mismo esté implantado en
cada momento y según la información sobre cobertura de su red que se facilita al Cliente previo al inicio de la prestación del Servicio.
ORANGE se compromete a prestar el Servicio dentro de los límites de cobertura y del estado de la tecnología. En cualquier caso, ORANGE
impidan o imposibiliten su prestación, ni de los contenidos de información que no hayan sido elaborados, conocidos o provistos por la
misma y que se deriven de servicios suplementarios. El Cliente deberá atenerse a las instrucciones y comunicaciones de ORANGE relativas
al uso correcto de los servicios, y respetar la normativa vigente. ORANGE no será responsable en los casos en que se den circunstancias
fuera de su control como los de fuerza mayor o caso fortuito, ni cuando deba prevalecer el orden público. ORANGE prestará los servicios
servicio de telefonía móvil por causa de fuerza mayor ORANGE se limitará a compensar al Cliente con la devolución automática de los
En caso de producirse una interrupción del servicio de telefonía móvil, el Cliente, cuando proceda, tendrá derecho a una indemnización
automática, al menos igual a la mayor de las dos siguientes, siempre y cuando el importe que resulte sea superior a un Euro: A.- Promedio
del importe facturado por el servicio interrumpido durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el periodo en que
se produzca la interrupción; si la antigüedad del Servicio interrumpido es inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura que
hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado. B.- Cinco veces la
cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
del
e.
saldo
n a
n sin
realizarse
rán
ndose
in aplicación
so a
ue
ión del

Publicidad

loading