Quedan exceptuados, entre otros, los siguientes componentes:
•
tractores agrícolas
•
turismos y remolques de turismos (70/156/CEE)
Si se monta un producto (carrocería / complemento) en el chasis del camión, la directiva sobre maquinaria no es de
aplicación para el chasis del camión sino para la carrocería. También es de aplicación la directiva sobre maquinaria
para los puntos de conexión entre el chasis del camión y la carrocería que se ocupan del movimiento seguro y el
manejo de la máquina. Por tanto, en el caso de vehículos montados ha de distinguirse entre máquinas de trabajo
auto-motrices, que se incluyen en su totalidad en la directiva sobre maquinaria, y chasis de camiones con máquinas
montadas / incorporadas.
Ejemplos de posibles máquinas de trabajo automotoras:
•
máquinas de construcción autopropulsadas
•
bombas de hormigón
•
grúa autopropulsada
•
aspirador de lodo
•
vehículo soporte para taladro
Definición de máquinas según 2006/42/CE
«— conjunto de partes o componentes vinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil, asociados para una
aplicación determinada, provisto o destinado a estar provisto de un sistema de accionamiento distinto de la fuerza
humana o animal,
— un conjunto en el sentido del primer punto, al que solo le faltan las piezas que lo conectan con su lugar de empleo o
con sus fuentes de energía y accionamiento;
— un conjunto como los indicados en los guiones primero y segundo, preparado para su instalación que solamente
pueda funcionar previo montaje sobre un medio de transporte o instalado en un edificio o una estructura,
— un conjunto de máquinas en el sentido del primer, segundo y tercer punto o de máquinas incompletas en el sentido
del apartado g, que para que interactúen entre sí están dispuestas y se accionan de modo que funcionan como un
conjunto;
— un conjunto de partes o componentes vinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil, asociados con objeto
de elevar cargas y cuya única fuente de energía sea la fuerza humana empleada directamente;»
Fuente: Extracto de 2006/42/CE
Marcado CE (marcado de conformidad CE según 2006/42/CE)
La empresa carrocera deberá garantizar que la carrocería con las piezas incorporadas y accesorios se corresponde
con los requisitos legales. En la directiva sobre maquinaria (2006/42/CE) se establecen los tipos de máquinas que
requieren un distintivo CE.
Báasicamente, para la carrocería se aplica lo siguiente:
•
Todas las máquinas deben dotarse con el distintivo CE, es decir, también componentes de seguridad,
árboles articulados desmontables, cadenas, cables y correas.
•
Las máquinas incompletas no deben llevar un distintivo CE.
Para el distintivo CE en máquinas es de aplicación lo siguiente:
•
El distintivo CE ha de colocarse sobre el producto de forma visible, legible y permanente.
•
No debe colocarse sobre las máquinas distintivo, signo o inscripción alguna que posiblemente pudiera ser
confundido por terceros con el distintivo CE debido a su significado o forma o por ambos motivos.
•
Puede colocarse cualquier otro distintivo sobre las máquinas si no perjudica la visibilidad, la legibilidad o
interfiere con el significado del distintivo CE.
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Edición 2018 V2.0
IV.
Montaje
MAN TGL/TGM