1.4
Medidas de protección contra incendios en carrocerías y transformaciones de vehículos
El presente capítulo contiene información básica así como indicaciones específicas relativas a las medidas
de protección contra incendios para las carrocerías y las transformaciones de bastidores MAN.
Los incendios pueden causarse por:
•
Carrocerías y transformaciones de vehículos
•
Caídas de cargas (por ejemplo, transporte de virutas de madera)
•
El entorno en que se usa el vehículo
•
La temperatura de la superficie de los silenciadores de gases de escape y del tubo de escape
1.4.1
Generalidades
Los encargos de transporte y las aplicaciones de los vehículos son cada vez más variadas, lo cual está vinculado a
una variedad de causas de incendios en vehículos y mercancías. Las prescripciones de las directrices de montaje
MAN del Capítulo I-Validez y acuerdo legal -3.4 Seguridad operacional y vial son de obligatorio cumplimiento para
el carrocero y/o responsable de la transformación del vehículo.
El carrocero y/o el responsable de la transformación del vehículo debe poner en práctica obligatoriamente
las medidas de protección contra incendios pertinentes para la aplicación / utilización correspondiente durante
la realización de modificaciones en el vehículo.
Se deben considerar en particular la información sobre matriculación de vehículos así como las disposiciones y
legislación específicas del país.
El carrocero y/o el responsable de la transformación del vehículo deben indicar las medidas de protección contra
incendios pertinentes en el manual de utilización de su carrocería, además de aclarar particularidades relacionadas
al usuario final.
La siguiente información será de aplicación para todas las medidas de protección contra incendios
relacionadas con el carrocero y/o responsable de la transformación del vehículo:
MAN no puede proporcionar información sobre la eficacia de las medidas adoptadas, la responsabilidad compete
a la empresa que realice los trabajos.
1.4.2
Directrices legales
MAN suministra bastidores de fábrica cuyo equipamiento cumple con las prescripciones nacionales en vigor
del acuerdo ADR.
No se permite la realización de modificaciones de los componentes o sistemas relacionados con el ADR/GGVS en
el bastidor de los vehículos durante los trabajos en la carrocería y la transformación, a menos que dichas
modificaciones sean obligatorias en virtud de las prescripciones legales nacionales aplicables.
Las prescripciones ADR/GGVS y la legislación y prescripciones específicas de cada país serán de obligatorio
cumplimiento para el fabricante de la carrocería y/o el responsable de la transformación del vehículo.
Encontrará más información en www.manted.de. Se requiere un registro.
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Edición 2018 V2.0
III.
Chasis
MAN TGL/TGM