5 - Condiciones de instalación
5.1 NORMATIVA
CONDICIONES REGLEMENTARIAS DE INSTALACIÓN Y
DE MANTENIMIENTO
La instalación y el mantenimiento del aparato deben ser
efectuados por un profesional cualificado, en conformidad
con los textos reglamentarios y normas de la profesión
vigentes : «real Decreto 1853/1993 del 22 de octobre por el
que se aprueba el reglamento de instalaciones de gas en
locales destinados a usos domesticos, colectivos o
comerciales. «Real Decreto 494/1988 del 20 de Mayo por el
que se aprueba el Reglemento de Aparatos que utilizan Gas
como Combustible ».
En particular :
La caldera se debe instalar en un local cuyo volumen sea de
3
por lo menos 8 m
. Debe estar conectada a un conducto de
humo reglementario.
El caudal de aire nuevo requerido para la alimentación de
aire de combustión de la caldera es de 50 m
El local debe incluir los orificos obligarorios de aireación que
se deben mantener en buen estado de funcionamiento.
En el caso de la instalación de una caldera en un cuarto de
bano, debe conformase a las reglas particulares de
seguridad.
Recomendación:
Si la región está expuesta a riesgos de rayos (instalación ais-
lada en extremo de línea eléctrica, etc.), prever un parar-
rayos.
Nuestra garantía está subordinada a esta condición.
5.2 IMPLANTACIÓN DE LA CALDERA
- Poner la caldera cerca de un conducto de evacuación de los
productos de combustión,
- No instalar la caldera encima de las placas de cocción o del
horno y, en general,encima de cualquier equipo que pro-
duzca vapores grasos, que podrían alterar el funciona-
miento por ensuciamiento.
- Prever una pared y fijaciones que permitan soportar el peso
de la caldera (peso: 38 kg aproximadamente).
- Tomar precauciones para limitar las molestias acústicas.
5.3. DISEÑO Y REALIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN
Circuito de agua caliente sanitaria
3
/h mínimo.
Evitar las pérdidas de carga excesivas.
En el caso de que la dureza del agua sea superior a 25°TH
prever un tratamiento del agua.
En caso de que haya un clapet anti retorno, es necesario un
dispositivo que permita la expansión (disponible en opción).
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