OmniPod UST400 Guia Del Usuario página 174

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sean exigidos por la ley, dicho uso o divulgación se realizará en cumplimiento de
la ley y estará limitado a los requisitos aplicables de dicha ley. Usted será
notificado, según lo exija la ley, de dichos usos o divulgaciones.
Salud pública: Nosotros podremos divulgar su Información médica para fines y
actividades de salud pública ante una autoridad sanitaria autorizada por la ley
para recabar o recibir la información.
La divulgación se hará con el fin de controlar enfermedades, lesiones o
discapacidades. Nosotros también podremos divulgar su Información médica, a
solicitud de una autoridad de salud pública, ante una agencia gubernamental
extranjera que esté colaborando con dicha autoridad sanitaria.
Enfermedades contagiosas: Nosotros podremos divulgar su Información médica,
si la ley lo autoriza, ante una persona que pueda haber estado expuesta a una
enfermedad contagiosa o que de alguna otra manera esté en riesgo de contraer o
propagar dicha enfermedad o condición.
Supervisión sanitaria: Nosotros podremos divulgar Información médica ante una
agencia de supervisión sanitaria que realice actividades autorizadas por la ley,
como auditorías, investigaciones e inspecciones. Las agencias de supervisión que
buscan obtener esta información incluyen organizaciones gubernamentales que
supervisan el sistema de atención médica, los programas de beneficios
gubernamentales y otros programas normativos del gobierno, y el cumplimiento
de la legislación sobre derechos civiles.
Administración General de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos
(Food and Drug Administration, FDA): Nosotros podremos divulgar su
Información médica ante una persona o empresa de acuerdo con lo establecido o
exigido por la FDA: (i) para informar eventos adversos (o actividades similares con
respecto a suplementos alimenticios o dietéticos), problemas o defectos de
productos (incluidos los problemas relacionados con el uso o indicación de un
producto) o las variaciones biológicas de un producto; (ii) para hacer el
seguimiento de productos controlados por la FDA; (iii) para posibilitar el retiro del
mercado, la reparación y el reemplazo de los productos o el seguimiento sanitario
de un producto (lo que incluye localizar y notificar a las personas que hayan
recibido productos que se hayan retirado o recuperado, o que sean objeto de un
seguimiento sanitario), o (iv) para llevar a cabo actividades de vigilancia
posteriores a la comercialización.
Acciones legales: Nosotros podremos divulgar su Información médica durante
cualquier procedimiento administrativo o judicial en curso, en respuesta a una
orden emitida por un juzgado o un tribunal administrativo (en la medida en que
dicha divulgación esté expresamente autorizada), en ciertas condiciones como
respuesta a una orden de comparecencia, una petición de proposición de
pruebas u otros procesos legales.
Cumplimiento de la ley y el orden público: Nosotros podremos divulgar la
Información médica que se solicite de acuerdo con los requisitos legales que
correspondan, a fin de garantizar el cumplimiento de la ley y el orden público. Los
propósitos de garantizar el cumplimiento de la ley incluyen: (i) procesos legales
exigidos por la ley; (ii) solicitudes de información limitada con fines de localización
e identificación; (iii) propósitos relacionados con víctimas de un delito; (iv)
sospecha de fallecimiento ocurrido como resultado de un acto delictivo; (v)
delitos penales cometidos en las instalaciones del consultorio u oficina del
médico; y (vi) emergencias médicas con probabilidad de involucrar un delito.
Investigación: Nosotros podremos divulgar su Información médica ante
investigadores cuando sus investigaciones hayan sido aprobadas por un Comité
de ética que haya revisado la propuesta de investigación y determinado los
protocolos para asegurar la privacidad de dicha Información médica.
Actividades delictivas: En conformidad con las leyes federales y estatales
vigentes, nosotros podremos divulgar su Información médica si consideramos
que su uso o divulgación es necesario para impedir o reducir una amenaza grave
e inminente a la salud o la seguridad de una persona o del público en general.
También podremos divulgar la Información médica si es necesario para que las
autoridades públicas puedan identificar o arrestar a un individuo.
Actividades militares y seguridad nacional: Cuando se cumplan las condiciones
adecuadas, nosotros podremos utilizar o divulgar Información médica de
integrantes de las Fuerzas Armadas: (i) para actividades que las autoridades
militares correspondientes consideren necesarias; (ii) con el fin de lograr que el
Department of Veteran Affairs (Departamento de Asuntos de Veteranos de los
Estados Unidos) determine si usted reúne los requisitos para recibir beneficios; o
bien, (iii) ante autoridades militares extranjeras si usted es miembro de las fuerzas
armadas del país correspondiente. Nosotros también podremos divulgar su
Información médica a funcionarios federales autorizados a llevar a cabo
actividades de seguridad e inteligencia en el país.
Apéndice
161

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