Certificado de Garantía
Autosal S.A.
, empresa con domicilio en
Prof. Francisco Hamann 123 Villa Mercedes, San Luis, Argentina
,
garantiza por el término de 1 año a partir de la fecha de compra que consta en la factura otorgada por el
comercio donde se efectuó la misma, al artefacto adquirido y a todos los elementos, que según nuestro examen
técnico, hubiesen resultado imperfectos, así como también, el cambio del artefacto completo, cuando resultare
inutilizado por la influencia de las piezas o elementos defectuosos.
Todas las especificaciones técnicas y/o condiciones de uso, instalación y mantenimiento del artefacto se encuentran
debidamente detalladas en el "Manual de Instalación y Uso" que se adjunta con el artefacto, y que forma parte integral
de la misma.
Es imprescindible la presentación de la Factura de Compra. para la validez de la presente garantía
Toda intervención del Servicio Técnico Oficial, realizada a pedido del comprador dentro del plazo de
esta Garantía, que no fuera motivada por falla o defecto alguno cubierto por este Certificado de
Garantía, deberá ser abonada indefectiblemente por el interesado.
Esta GARANTÍA caducará en forma total, automática y definitiva cuando:
a) El artefacto o alguna de sus piezas hayan sido cambiadas, reparadas o intentadas reparar, por personas ajenas a
nuestra empresa.
b) Se hayan modificado los diámetros de los orificios de los inyectores o la presión de alimentación de gas a los
quemadores o utilizado combustibles distintos a los especificados para cada artefacto.
c) Se presenten alteraciones en el gabinete o cualquier otra pieza o elemento componente del artefacto, producidas
por excesos de temperatura provocadas por presiones de gas excesivas, obstrucciones en las salidas de aire caliente
o por una instalación incorrecta.
d) El artefacto haya sido utilizado para otros fines que no sean el específico para el cual fue diseñado.
e) El artefacto no haya sido instalado por un instalador matriculado y en un todo de acuerdo con lo establecido en las
Disposiciones y Normas Mínimas para Ejecución de Instalaciones domiciliarias de Gas.
Esta GARANTÍA se interrumpe provisionalmente en caso que:
a) Se comprobare que el artefacto se encuentra instalado defectuosamente, aun cuando la instalación haya sido
realizada por un gasista matriculado, contrariando las instrucciones dadas en el "Manual de Instalación y Uso" o
Normas y/o Disposiciones vigentes.
b) Se comprobare que existe presión inadecuada en el sistema de alimentación de gas siendo la presión nominal para
gas licuado de 280 mm c.a., tolerándose una mínima de 210 mm c.a. y una máxima de 330 mm c.a , en tanto que, para
.
gas natural, la presión nominal es de 180 mm.c.a. y las presiones mínimas y máximas aplicables serán de 160 y 200
mm c.a. respectivamente.
c) Las causas enumeradas anteriormente pueden poner en peligro la integridad de las personas o producir
daños a los bienes materiales, por lo tanto se interrumpirá la Garantía del artefacto hasta que el usuario solucione
las anomalías detectadas. Una vez solucionada la anomalía que causó la suspensión de la Garantía, ésta volverá
a tener vigencia hasta el cumplimiento del período garantizado, dejándose expresamente aclarado que, en
ningún caso, se adicionará el tiempo en que la Garantía estuvo suspendida al plazo original establecido a
contarse desde la fecha de compra del artefacto. La garantía caducará automática y definitivamente en caso que
la anomalía generadora de la suspensión permaneciera sin solución al cumplirse el plazo de garantía a contarse
desde la compra del artefacto.
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