ción propia bajo la condición de que el Conce-
sionario pague los derechos de licencia aplicables
y consienta a lo estipulado en este Contrato.
7.2. En lo que respecta a los distribuidores o ven-
dedores de los Productos designados de Tait, el
consentimiento mencionado en la Sección 7.1
puede estar contenido en el Contrato de los dis-
tribuidores o vendedores de Tait.
7.3. Si los Productos designados son productos de
Tait móviles instalados en un vehículo o radios
portátiles de mano y el Concesionario transfiere
la propiedad del radio Tait móvil o portátil a ter-
ceros, el Concesionario podrá asignar su derecho
de uso del Software insertado o instalado para su
uso en los equipos de radio y la Documentación
relacionada; siempre que el Concesionario trans-
fiera todas las copias del Software y la Documen-
tación a la persona a la que se ha hecho la trans-
ferencia.
7.4. Para evitar cualquier duda, la Sección 7.3
excluye la Infraestructura TaitNet o los produc-
tos contenidos en cualquier momento en la lista
de productos de la red:
http://
www.taitradio.com
7.5. Si el Concesionario, en calidad de contratista
o subcontratista (integrador), compra productos
diseñados por Tait y software con licencias no
para su propio uso interno sino para uso final por
un cliente, el Concesionario podrá transferir
dicho Software, pero sólo si a) el Concesionario
entrega al usuario todas las copias de dicho Soft-
ware y la Documentación Relacionada y b) el
Concesionario ha obtenido primero de su
Cliente (y, si el Concesionario actúa como sub-
contratista, del(os) usuario(s) en el interín y del
usuario final de la sublicencia) un contrato de
sublicencia ejecutable que prohiba cualquier otra
transferencia y que contenga limitaciones que
sean sustancialmente idénticas a los términos
establecidos en este Contrato general de licencia
de software. Excepto lo anteriormente expuesto,
ni el Concesionario ni ningún otro usuario que
vaya a transferir aplicaciones según lo estipulado
en este Apartado podrá transferir o poner a dis-
posición de terceros ninguna aplicación de sof-
tware de Tait y no deberá permitir que ninguna
otra parte lo haga. El Concesionario deberá pre-
sentar (en caso de que le sea solicitado) cualquier
prueba que demuestre conformidad con todo lo
anteriormente expuesto y que sea razonable-
mente satisfactoria para Tait .
Sección 8 TÉRMINOS Y ANULACIÓN
8.1. El derecho que el Concesionario tiene de
usar el Software y la Documentación comenzará
en el momento en que los Productos designados
sean suministrados por Tait al Concesionario y
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continuará durante todo el tiempo que dure la
vida útil de los Productos designados para los
cuales o con los cuales fue suministrado el Soft-
ware y la Documentación, a no ser que el Con-
cesionario incumpla lo estipulado en este Con-
trato, en cuyo caso este Contrato y el derecho
que el Concesionario tiene para usar el Software
y la Documentación podrá cancelarse de inme-
diato tras notificación de Tait.
8.2. En el periodo de treinta (30) días tras la can-
celación de este Contrato, el Concesionario
deberá certificar por escrito a Tait que todas las
copias del Software han sido sacadas o eliminadas
de los Productos designados y que todas las
copias del Software y la Documentación han sido
devueltas a Tait o destruidas por el Concesiona-
rio y ya no están siendo utilizadas por éste.
8.3. El Concesionario reconoce que Tait ha
hecho una inversión considerable de recursos en
el desarrollo, promoción comercial y distribu-
ción del Software y la Documentación y que el
incumplimiento de este Contrato por parte del
Concesionario resultará en daños irreparables
para Tait para los que una compensación econó-
mica no será suficiente. Si el Concesionario
incumple este Contrato, Tait puede anularlo y
tener derecho a todos los remedios disponibles
bajo la ley o en equidad que incluyen el desagra-
vio por mandato judicial y la reposesión inme-
diata de todo el Software no incorporado y la
Documentación asociada. El Concesionario
deberá pagar a Tait todos los costos de indemni-
zación incurridos en el cumplimiento forzoso de
los términos de este Contrato.
Sección 9 CONFIDENCIALIDAD
El Concesionario reconoce que el Software y la
Documentación contienen información propie-
taria y confidencial valiosa para Tait y que son
secretos comerciales de Tait, por lo que el Con-
cesionario se compromete a respetar la confiden-
cialidad de la información contenida en el Soft-
ware y la Documentación.
Sección 10 LIMITACIÓN DE
RESPONSABILIDAD
10.1. Bajo ninguna circunstancia Tait será res-
ponsable frente al Concesionario o ante cual-
quier otra persona -ya sea extracontractualmente
(incluyendo la negligencia), en un contrato
(excepto lo expresamente estipulado en este
Contrato), en equidad, bajo cualquier estatuto o
por ley- por las pérdidas o la indemnización por
daños y perjuicios generales, especiales, ejempla-
res, punitivos, directos, indirectos o emergentes
que surjan o estén vinculados al uso o incapaci-
dad de uso del Software.
10.2. La única responsabilidad de Tait con res-
Manual de Instalación y Operación TB7100
© Tait Limited Noviembre de 2012