6.1 Informaciones para el autocontrol
(aplicación del reglamento CE 852/2004)
El aparato denominado COLIBRI' 150 P es un aparato par la osmotización de las aguas potables.
Para el esquema de funcionamiento consulte el relativo manual de uso.
Además, se declara que:
a) Los materiales utilizados y los elementos y componentes que entran en contacto con el agua
son: Racores (aprobados SK) – Tubos de plástico (aprobados SK y/o USL), el agua en entrada en
las máquinas durante el ciclo de tratamiento no entra nunca en contacto con materiales en objetos
no conformes con el uso alimentario;
b) Para ello, se han realizado test microbiológicos en las aguas en salida en modelos instalados en
usuarios civiles, que han tenido un resultado negativo, esto es, se cumplen las características
microbiológicas indicadas por los parámetros del Decreto del Presidente de la República 236/88;
El fabricante certifica que: Las máquinas COLIBRI' 150 A son adecuadas para el contacto con
agua destinada a uso alimentario, y su utilización, si se efectúa en los modos y en las formas
indicadas por la empresa fabricante, no supone ningún peligro para la salud de los utilizadores
finales.
Considerado todo ello y adecuadamente comprobado, se afirma que la máquina denominada
COLIBRI' 150 P además de las características de idoneidad alimentaria poseídas, constituye una
innovación efectiva respecto a los aparatos similares y como tal deben considerarse en las
valoraciones a las que puede someterse. Para la aplicación del autocontrol sanitario H.A.C.C.P.,
según el Reglamento CE 852/2004, el aparato COLIBRI' 150 A debe considerarse tanto un Punto
Crítico (P.C.) como un Punto Crítico de Control (P.C.C.). Para asegurar un buen funcionamiento,
debe realizarse un buen mantenimiento en las maneras previstas e indicadas en el manual de uso.
Según los procedimientos previstos para la implementación del plan H.A.C.C.P. en vigor en los
ejercicios comerciales de suministración de los alimentos, todas las operaciones de mantenimiento
previstas serán efectuadas con regularidad y se registrarán adecuadamente.
Se incluye un ejemplo de registro de la ficha de intervenciones realizadas según cuanto especificado
por el plan H.A.C.C.P.
Téngase en cuenta que:
1) el prefiltro a C.A. debe ser sustituido cada 3 meses u 11.000 litros de agua en entrada;
2) se debe efectuar un control analítico completo al menos cada 4 meses;
3) Si se producen interrupciones frecuentes en la distribución de agua de red (especialmente en
verano), se deben realizar los controles analíticos más a menudo.
Para cualquier aclaración u observaciones puede dirigirse a nuestro centro de asistencia.
COD.W010659
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25/11/2013