Derechos de la compañía telefónica
En caso de que el equipo provocara daños en la red telefónica, la compañía telefónica
podría interrumpir temporalmente el servicio. Asimismo, la compañía telefónica se
reserva el derecho de realizar modificaciones en las instalaciones y servicios que
podrían afectar al funcionamiento de este equipo. Si dichas modificaciones son
necesarias, la compañía telefónica deberá informar al usuario con la debida
antelación.
Aviso de la FCC
imageCLASS MF4150: Modelo F149200
Este dispositivo cumple con el apartado 15 de las normas de la FCC. Su
funcionamiento está sujeto a las dos condiciones siguientes:
(1) El dispositivo no debe provocar interferencias perjudiciales, y
(2) debe aceptar las interferencias recibidas, incluidas aquéllas que causen un
funcionamiento indeseado.
NOTA
Este equipo se sometió a pruebas y se determinó que cumple con las limitaciones de un dispositivo digital
de clase B, conforme al apartado 15 de las normas de la FCC. Estas limitaciones se establecieron con el
objeto de brindar una protección razonable contra las interferencias perjudiciales en una instalación
residencial. El equipo genera, utiliza y puede irradiar energía de radiofrecuencia y, si no se instala y utiliza
de acuerdo con las instrucciones, puede provocar interferencias perjudiciales en las comunicaciones de
radio. No obstante, no se garantiza la ausencia de interferencias en una instalación determinada. Si el
equipo causara interferencias perjudiciales en la recepción de radio o televisión, lo cual se puede
determinar al apagar y encender el equipo, se recomienda al usuario que corrija las interferencias
mediante una o varias de las siguientes medidas:
• Reorientar o reubicar la antena receptora.
• Aumentar la distancia entre el equipo y el receptor.
• Conectar el equipo al tomacorriente de un circuito distinto al que está conectado el receptor.
• Solicitar la asistencia del distribuidor o de un técnico experimentado en radio y televisión.
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