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Instrucciones y recomendaciones para el instalador
La instalación deberá efectuarse por un instalador matriculado y de acuerdo con lo establecido en las disposiciones y normas
mínimas para la ejecución de instalaciones domiciliarias de gas.
No instalar en locales sin ventilación permanente.
Es necesario que los locales donde se instala la caldera cuente con las aberturas fijas necesarias para el ingreso del aire
para una combustión higiénica y completa, y que cumplan los siguientes requisitos:
• Poseer una sección total libre de 6 cm
• Encontrarse dentro del tercio inferior de la altura de una pared exterior, preferentemente opuesta a la pared donde se ubica
la salida de los gases de combustión.
Las calderas de cámara abierta con ventilación a los cuatro vientos no pueden ser instaladas en dormitorios, pasos, baños,
locales con medidores de gas y luz.
Cuando se instalen en cocinas el volúmen mínimo será:
Conexión del conducto de evacuación de gases de combustión
Los conductos se efectuarán como se indica en las figuras pudiendo hacerse de chapa galvanizada, material cerámico y/o
cualquier otro material incombustible, aptos para temperaturas mínimas de 200 °C perfectamente liso, estanco y resistente a
la oxidación y corrosión.
Deberán observarse las disposiciones generales que se detallan a continuación:
• El diámetro del conducto deberá ser siempre igual al diámetro de salida de gases quemados que tiene el artefacto a
instalar, no debiendo en ningún punto (acoples, curvas ,etc.) experimentar ninguna clase de angostamiento o escalona-
miento.
• Cuando sea indispensable disponer tramos horizontales, se colocará en vertical una longitud por lo menos igual a 1,5
veces la horizontal. Para artefactos cuyas características de funcionamiento sean discontinuas, la proyección del tramo
inclinado no deberá superar los 2 m. En este caso a la salida del artefacto y previo al tramo inclinado deberá instalarse uno
vertical no menor a 0,50 m.
• Los tramos horizontales tendrán una pendiente mínima de 4 mm siendo ascendente desde el artefacto hacia la salida de
gases.
• Cuando se deban efectuar cambios de dirección del conducto se utilizará en lo posible curvas de 45° o menores.
• La terminación del conducto (sombrerete) se llevará a la parte superior del edificio y a los cuatros vientos cuando se trate
de artefactos cuyo consumo supere las 10.000 kcal/h (42.000 kj/h), debiendo sobrepasar en 0.30 m todo parapeto circun-
dante en un radio de 1 metro y con una altura de 1.80 m como mínimo sobre el nivel del techo o terraza, cuando ésta es
accesible a personas.
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por cada kW de potencia calórica, con un mínimo de 100 cm
Hasta
15.000 kcal/h
20.000 kcal/h
25.000 kcal/h
30.000 kcal/h
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.
Volúmen
3
15 m
3
20 m
3
25 m
3
30 m
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