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7. Indicaciones para la comprobación
Para el montaje y la puesta en marcha, así como para las comprobaciones técnicas regulares, son de cumpli-
miento las disposiciones legales nacionales, especialmente:
• la Directiva sobre máquinas 2006/42/CE
• la Directiva sobre baja tensión 2014/35/EU
• las normas de seguridad, así como
• la normativa en materia de prevención de accidentes/reglas de seguridad.
7.1. Comprobación durante la puesta en marcha
• Comprobación del funcionamiento (véase el párrafo homónimo)
7.2. Comprobación regular
El fabricante de la máquina debe determinar el intervalo de comprobación mediante la evaluación de los ries-
gos. Sin embargo, se recomienda que el encargado de la seguridad responsable active el interruptor de para-
da de emergencia como mínimo una vez al año para el control y para comprobar el correcto funcionamiento.
Comprobación:
• no se aprecia ninguna manipulación ni ningún daño
• fijación segura
• ninguna conexión del conductor suelta
• Comprobación del funcionamiento (véase el párrafo homónimo)
7.3. Comprobación del funcionamiento
Comprobación mecánica:
• El accionador está fijado contra el giro
• La contratuerca está apretada de tal manera que no es posible ninguna holgura en sentido longitudinal.
• El accionador y el bloque de contacto están correctamente encajados entre sí.
• Parada de emergencia encajada durante el accionamiento
Comprobación eléctrica:
• Iniciar la máquina y pulsar el accionador
• La máquina se detiene/se conecta con el accionamiento
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