2.1 Uso conforme a lo previsto
El apagallamas de deflagración prevolumétrico modelo 910.21 se instala profesionalmente en
fábrica a un instrumento de medición para formar un conjunto de medición y protege el lado
del proceso contra la penetración de la llama desde el lado del instrumento. Los conjuntos de
medición deben utilizarse unicamente en entornos peligrosos para los que el instrumento de
medida esté certificado.
El volumen no protegido del instrumento de medición conectado debe ser ≤ 2.300 cm³.
El marcado II G permite el uso en áreas que pueden estar en peligro por gases, nieblas, vapores
o mezclas de aire explosivas. No se permite su uso en operaciones mineras subterráneas o de
superficie.
Los gases y vapores inflamables que se producen durante el funcionamiento puedan clasificarse
en el grupo de explosión IIC con una anchura nominal de ≥ 0,29 mm. No se permite el uso de
gases, nieblas, vapores o mezclas de aire explosivas que sean volátiles (por ejemplo, acetileno,
disulfuro de carbono) o de sustancias químicamente inestables.
Utilizar el conjunto de medición con modelo integrado 910.21 únicamente en aplicaciones que
cumplan las condiciones de funcionamiento requeridas.
→ véase el capítulo 3 "Condiciones de utilización".
El conjunto de medición ha sido diseñado y construido únicamente para la finalidad aquí descrita
y debe utilizarse en conformidad a la misma.
No se admite ninguna reclamación debido a un manejo inadecuado.
2.2 Responsabilidad del usuario
El marcado debe ser legible en todo momento y al momento de los periodos de revisión de tres
años. Si se detecta algún daño o problema en la legibilidad del marcado, póngase en contacto con
el fabricante para renovarlo.
El apagallamas de deflagración prevolumétrico modelo 910.21 sólo debe utilizarse en combina-
ción con medidas de protección adicionales.
Para la seguridad del sistema, el operador está obligado a realizar un análisis de la fuente de
ignición. La responsabilidad para la clasificación de zonas le corresponde a la empresa explotado-
ra/operadora de la planta y no al fabricante/proveedor de los equipos.
Montaje correcto
La empresa operadora/explotadora debe proporcionar suficiente protección mecánica en el lado
protegido. Esto se aplica especialmente a los conjuntos de medición con capilares. Según la
versión, vienen protegidos de fábrica con un espesor de pared de al menos 0,2 mm. La empresa
operadora/explotadora del sistema puede tener que ampliar las medidas de protección, si es
necesario.
Las juntas deben ser adecuadas para el medio, la temperatura de funcionamiento, las condiciones
ambientales y también la conexión a proceso. Se debe evitar el traspaso entre zonas. Por lo tanto,
el montaje del conjunto de medición en el proceso debe ser técnicamente estanco. La estan-
queidad debe ser comprobada por la empresa operadora/explotadora a intervalos regulares. La
conexión a proceso debe llevarse a cabo de forma profesional, en función de la forma de conexión
seleccionada. La fijación mecánica del conjunto de medición debe tener al menos la misma resis-
tencia que el recipiente o la tubería.
Asegurarse de que, cuando se instale una sección de refrigeración, ésta no esté sucia y no haya
polvo sobre ella, ya que de lo contrario no se podrá garantizar la acción de refrigerante.
La instalación debe realizarse de forma que se garantice la protección contra filtraciones IP67
según la norma IEC/EN 60529 en el lado protegido.
Puesta a tierra y conexión equipotencial
El conjunto de medición con modelo 910.21 integrado debe incluirse en la conexión equipotencial
de la planta.
Carga de presión máxima
Asegurarse de que no se supere en ningún momento la presión máxima admisible del conjunto de
medición. Si se esperan presiones variables o diferentes en el sistema, deben utilizarse compo-
nentes que puedan soportar los máximos picos de presión esperados.
2.3 Marcaje Ex y rango de trabajo
Marcaje Ex
II
Marcado
Denominación
Marcado CE
Marcado específico para
protección antiexplosiva
Símbolo del grupo de equipo Equipos destinados a ser utilizados en zonas distintas de
II
Atmósfera Ex
G
Atmósfera apta
IIC
G
IIC
Significado
Conformidad europea
Símbolo Ex
las operaciones subterráneas de las minas y sus instala-
ciones de superficie que puedan estar en peligro por gases
de mina y/o polvos combustibles y que puedan estar en
peligro por una atmósfera explosiva.
Para áreas con mezclas de gas, vapor, niebla o aire
explosivas
Los gases y vapores inflamables que se producen durante
el funcionamiento pueden clasificarse en el grupo de
explosión IIC con una anchura nominal de ≥ 0,29 mm. No
se permite el uso de gases, nieblas, vapores o mezclas de
aire explosivas que sean volátiles (por ejemplo, acetile-
no, disulfuro de carbono) o de sustancias químicamente
inestables.