G
1.2
ARANTÍA
La inobservancia de las normas de instalación y de uso anula la garantía del fabricante y exime a la empresa CRISTEC
de cualquier responsabilidad.
La duración de la garantía es de 36 meses.
La garantía se aplica si el origen de la avería es un fallo interno del cargador que incumba a CRISTEC.
La garantía se aplica para equipos entregados en la fábrica de Quimper (Francia).
La garantía, si esta es confirmada por el peritaje, cubre únicamente:
o la reparación (pieza(s) y mano de obra) del equipo defectuoso entregado en la fábrica de Quimper (Francia).
Solo los elementos considerados defectuosos de fábrica serán sustituidos conforme a la garantía;
o los gastos de envío de devolución después de la reparación (con mensajería, mediante un transportista elegido
por nosotros).
La garantía, si esta es confirmada por el peritaje, solo da derecho a una reparación del equipo y no a su
sustitución.
La garantía no cubre en ningún caso los otros costes que se hayan podido provocar por el mal funcionamiento del
equipo, como: gastos de transporte y embalaje, gastos de desmontaje, montaje y pruebas, o cualquier otro gasto no
citado.
Nuestra garantía no puede en ningún caso dar lugar a una indemnización. CRISTEC no puede considerarse responsable
de los daños debidos al uso del cargador de baterías.
La garantía no se aplica si el origen de la avería se debe a un fallo de origen externo (véase a continuación). En este
supuesto, se emitirá un presupuesto de reparación.
Nuestra garantía quedará excluida en los casos siguientes:
1.
Incumplimiento de este manual
2.
Cualquier modificación e intervención mecánica, eléctrica o electrónica del equipo
3.
Cualquier uso impropio
4.
Cualquier resto de humedad
5.
El incumplimiento de las tolerancias de alimentación (ej.: sobretensión)
6.
Cualquier error de conexión
7.
Cualquier caída o golpe durante el transporte, la instalación o el uso
8.
Cualquier intervención de personas no autorizadas por CRISTEC
9.
Cualquier intervención en la zona de conversión de energía por una persona no autorizada por CRISTEC
10. Cualquier conexión de interfaces no suministradas por CRISTEC
11. Los gastos de embalaje y transporte
12. Los daños aparentes u ocultos ocasionados por los transportes y/o la manipulación
(cualquier recurso debe dirigirse al transportista)
13. Cualquier devolución de equipo injustificada (sin avería del equipo)
14. Cualquier otra causa no indicada arriba.
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