(1): REVISIÓN OBLIGATORIA DE LAS 500 HORAS Ó 6 MESES Esta revisión debe efectuarse obligatoriamente al cabo de las primeras 500 horas o dentro de los 6 meses
(2): El aceite y el filtro de aceite del motor térmico deben cambiarse después de las primeras 50 horas de funcionamiento y luego cada 500 horas de funcionamiento.
A = AJUSTAR, C = CONTROLAR, G = ENGRASAR, N = LIMPIAR,
P = PURGAR, R = REEMPLAZAR, V = VACIAR
MOTOR TÉRMICO
(2)
TRANSMISIÓN
NEUMÁTICOS
ESTRUCTURA DE ELEVACIÓN
HIDRÁULICA
IMPORTANTE
siguientes a la puesta en servicio (lo primero que se cumpla).