PARA LA REPÚBLICA ARGENTINA
VALORES MÁXIMOS DE
EMISIÓN ATMOSFÉRICA
Este vehículo a la salida de fábrica
cumple con los siguientes límites
máximos de emisiones:
-
Vehículos equipados con mo-
tor de ciclo OTTO (combusti-
ble: NAFTA o GASOLINA)
Monóxido de carbono ( CO ) en
marcha lenta: MÁX.: 0,5%, para
vehículos fabricados a partir
del 01/01/99.
Hidrocarburos incombustos ( HC )
en marcha lenta: MÁX.: 250 ppm
(partes por millón) para vehí-
culos fabricados a partir del
01/01/99.
-
Vehículos equipados con mo-
tor de ciclo DIESEL (combusti-
ble: GASOIL)
Ennegrecimiento del gas de es-
cape por el procedimiento de
"aceleración libre":
Medición por fi ltrado (índice BA-
CHARACH): MÁX.: 5
Medición con opacímetro (co-
efi ciente de absorción): MÁX.:
2,62 m-1
*
Los períodos pueden variar se-
gún la jurisdicción y categoría del
vehículo (taxi, remis, particular,
etc.).
** En función de la legislación en vi-
gor en el país.
Los gases de escape se mantendrán
dentro de los valores legislados du-
rante 80.000 km * (según correspon-
da) o 5 años de uso, siempre y cuan-
do se respeten estrictamente los
mantenimientos prenventivos y las
recomendaciones de uso dadas en
el Manual de Uso y Características.
*
80.000
km.: Vehículos
(PBT < 3.856 Kg) con motor de Ciclo
OTTO y Diesel.
La garantía mencionada anterior-
mente sólo será de aplicación en
aquellas «confi guraciones» o «mo-
delos» (según defi nición del texto
Legal Ley Nº 24449/95, Dec. P.E.N.
779/95, Art. 33) que se hayan cer-
tifi cado con valores que superen el
90% de los límites de emisión esta-
blecidos para cada contaminante.
CONTROL TÉCNICO **
La legislación vigente en el orden
federal
establece
el
TÉCNICO PERIÓDICO , el primero
de cuales se efectuará a los 36 me-
ses * (unidades de uso particular),
después de la venta al primer usua-
rio. Si el vehículo tuviera un siniestro
que afecte alguno de los sistemas
contemplados en dicho control, ca-
ducará el período faltante entre la
fecha del siniestro y el mencionado
plazo de 36 meses * .
Después de la primera revisión, las
restantes se efectuarán:
-
Para vehículos con menos de
7 años; cada 24 meses * .
-
Para
7 años; cada 12 meses * .
Cada uno de los sistemas del vehí-
culo objeto del mencionado control
livianos
técnico, se indican en la presente
sección de MANTENIMIENTO , por
lo que recomendamos al usuario
su especial atención a fi n de que el
vehículo se encuentre en correctas
condiciones de mantenimiento.
El conjunto de elementos a controlar
consta de:
-
El ya mencionado de contamina-
ción ambiental.
-
Luces.
-
Sistema de dirección, frenos,
suspensión, carrocería, llantas,
neumáticos.
-
Estado general del vehículo tanto
interno como externo.
CONTROL
-
Sistemas de escape.
-
Accesorios de seguridad: cinturo-
nes de seguridad, apoyacabezas,
balizas, extintores de incendios.
IMPORTANTE
El cumplimiento de los servicios, de
El cumplimiento de los servicios, de
El cumplimiento de los servicios, de
las REVISIONES PERIÓDICAS
REVISIONES PERIÓDICAS
una forma de satisfacer los reque-
una forma de satisfacer los reque-
una forma de satisfacer los reque-
rimientos del CONTROL TÉCNICO
PERIÓDICO.
vehículos
con
más
de
es
CONTROL TÉCNICO
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