Certificado de Garantía Limitada
a. EXO S.A. no se responsabilizará por reclamos hechos por terceros ajenos a la relación
contractual de consumidor. En el supuesto que el reclamo sea efectuado por un usuario
en los términos de la ley 24.240 y 26.993, el mismo deberá acreditar su condición para el
ejercicio de su derecho. Si la relación no fuera de consumo solamente se atenderán los
reclamos de los adquirentes de buena fe.
b. EXO S.A. no se responsabilizará por los daños causados por el producto.
c. EXO S.A. no se responsabilizará por los beneficios perdidos o ahorros perdidos, daños
accidentales o consecuencias de daños provocados en relación al producto EXO.
d. Estas limitaciones se aplicarán también cuando se haga un reclamo por daños o por agra-
vios relacionados con contratos o licitaciones de cualquier tipo.
e. EXO S.A. no reconocerá ninguna indemnización, gasto, costos, costas, honorarios, etc.
que se reclamen en relación a los desperfectos que pudiera poseer el producto. Asimismo
tampoco será responsable por la indisponibilidad de uso del producto por parte del
consumidor o usuario por el plazo que dure el servicio posventa, salvo en lo relativo
a la extensión del plazo de garantía establecido por el art. 16 de la ley 24.240. La
responsabilidad de EXO S.A. se limitará a responder en garantía según lo establecido por
el art. 11 de la ley 24.240.
f. El producto EXO S.A. adquirido no tendrá un fin distinto al uso particular. El uso pro-
fesional, laboral, comercial y/o estudiantil no le será oponible a la firma EXO S.A. en
cuanto no haya existido un contrato específico que indique el uso especial al que se le
diera al producto EXO. Por tales razones EXO S.A. no será responsable por los daños
y perjuicios que pudiera ocasionarle los desperfectos técnicos del producto, como así
tampoco el lucro cesante, el daño directo, el daño eventual, los gastos, honorarios,
costas, y costos que pudieran generarse.
En todos los casos la calificación de las averías corresponderá únicamente a EXO S.A. o al
Servicio Posventa autorizado.
En todos los casos de ingreso de productos para su atención de servicio posventa se
extenderá al cliente un documento que acredita dicha circunstancia. Este documento
original además de ser la prueba de entrega del producto al servicio posventa es el único
documento válido para el retiro del mismo una vez finalizada la intervención técnica. Para
el retiro de productos ingresados en servicio posventa se requerirá indefectiblemente la
presentación del documento original de recepción extendido por EXO S.A. o por el servicio
posventa autorizado.
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Por sugerencias, reclamos y/o información de ayuda visite http://www.exo.com.ar/soporte
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