INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LA ELIMINACIÓN CORRECTA DEL PRODUCTO DE
ACUERDO CON LA DIRECTIVA CE 2002/96/EC.
En virtud del art. 26 del Decreto Legislativo del 14 de marzo de 2014 n.º 49 «Apli-
cación de la directiva 2012/19/UE sobre residuos de aparatos electrónicos (RAEE)»
el símbolo del contenedor tachado presente en el aparato o en el embalaje indica que
le producto al final de su vida útil debe desecharse de forma selectiva. El usuario,
por tanto, deberá entregar el aparato, al final de su vida útil, a un centro municipal
de recogida separada de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Como
alternativa a la gestión autónoma, puede entregar al vendedor el aparato que desea
eliminar, al comprar un aparato de tipo equivalente.
Asimismo, los productos electrónicos con dimensiones de máximo 25 cm pueden
entregarse gratuitamente en puntos de venta de productos electrónicos con superfi-
cies de venta de por lo menos 400 m², sin obligación de compra. La debida recogida
separada como condición previa para asegurar el tratamiento, el reciclado y la eliminación de forma respe-
tuosa con el medio ambiente, contribuye a evitar posibles efectos negativos sobre el medio ambiente y la
salud humana, y facilita la reutilización y/o el reciclado de los materiales y componentes el aparato.
EL EMBALAJE DEL PRODUCTO ESTÁ HECHO CON MATERIALES RECICLABLES. ELIMÍNELO RESPETANDO LAS
NORMAS DE PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL.
SI EL CABLE DE ALIMENTACIÓN SE DAÑA, DEBE SER REEMPLAZADO POR EL FABRICANTE, SU AGENTE DE SERVI
CIO O PERSONA CALIFICADA EN FORMA SIMILAR A FIN DE EVITAR ALGÚN PELIGRO.
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