9. GARANTÍA
Trotter Industrial Ltda. garantiza el correcto funcionamiento del producto, objeto de la
presente Póliza de Garantía Legal en la forma, plazos y condiciones siguientes:
1. Esta póliza deberá hacerse efectiva ante cualquier servicio técnico autorizado Trotter
Industrial Ltda.
2. En caso de diferencias de fabricación o de calidad de materiales, partes, piezas y
componentes que hagan el producto no apto para su uso normal, este será reparado al
consumidor en forma gratuita en las instalaciones de Asistencia Técnica de Trotter
Industrial Ltda., Servicios Técnicos autorizados en regiones o en el lugar donde está
instalando el artefacto, siempre y cuando la ubicación sea dentro de la circunvalación de
Américo Vespucio. Sí el artefacto está instalado fuera del radio urbano, el costo de
traslado del técnico (combustible, peaje y desgaste de vehículo) es de cargo del cliente y
asciende a 2 UF por cada 100 km, desde el límite del radio urbano hasta el destino.
3. Esta garantía legal no aplica para los daños ocasionados por hechos imputables al
consumidor, por la instalación incorrecta del producto, maltratos posteriores a la entrega,
desconocimiento y/o desobediencia a las instrucciones de uso, mantención y utilización
de combustibles inadecuados o de mala calidad.
4. Sí el producto presentase una falla en su funcionamiento, el consumidor en
conformidad a lo dispuesto en el inciso sexto del Art. 21 de la Ley N° 19.496, sobre
derechos de los consumidores, podrá hacer efectiva la presente garantía legal requiriendo
la prestación del servicio técnico autorizado Trotter Industrial Ltda.
5. Esta garantía tendrá vigencia durante 90 días a contar de la fecha de boleta o factura
de compra del producto por parte del consumidor y será válida sólo contra la presentación
de la boleta o factura correspondiente.
6.
Quedan expresamente excluidas de la presente garantía las perforaciones debidas a
las heladas, la corrosión provocada por los aparatos de producción de calor, los
accidentes motivados por un mal funcionamiento de los órganos de seguridad, la
corrosión en consecuencia de concentración de cloruros superior a 150 mg/L o un pH
inferior a 7, en agua potable, corrosión por grietas o fisuras, por picaduras, corrosión bajo
tensión, corrosión intergranular, corrosión galvánica, corrosión microbiológica. Se excluye
de la garantía las averías causadas debido a elementos extraños, sólidos o minerales,
provenientes del fluido, por precipitación o incrustaciones u otros elementos disueltos en
el fluido, además de daños producidos por causas de fuerza mayor (fenómenos
atmosféricos, geológicos, etc.). No incluye deterioro por fallas en el control de seguridad
del sistema.
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