CERTIFICADO DE GARANTÍA
La garantía tiene una duración de 2 (dos) años en virtud de la
normativa europea vigente.
Para hacer uso de la garantía, deberá presentar una copia del
justificante de compra cuando se le solicite.
SEAC garantiza el buen funcionamiento del producto al que
acompaña el presente documento.
La garantía concedida por la presente solo se puede ejercer en
las condiciones y dentro de los límites indicados a continuación:
1. La garantía tiene una duración de 2 (dos) años a partir del
momento en que se adquiera el producto en un distribuidor
autorizado de SEAC y no requiere de ninguna formalidad previa
o posterior.
2. La garantía se concede exclusivamente al primer comprador
del producto en un distribuidor autorizado de SEAC.
Siendo estrictamente nominativa, no es cedible a terceros sin
previa autorización expresa por parte de SEAC.
3. La garantía cubre todos los daños del dispositivo provocados
por problemas de funcionamiento derivados de defectos de
fábrica. Todos los dispositivos son sometidos a pruebas en
cámara hiperbárica antes de su comercialización.
La garantía cubre los defectos de funcionamiento derivados de:
• Defectos intrínsecos derivados de materiales considerados no
idóneos.
• Errores evidentes de diseño, fabricación o montaje del
producto o de sus componentes.
• Instrucciones y advertencias de uso incorrectas o inadecuadas.
4. La garantía vence automáticamente y con efecto inmediato
al realizarse reparaciones, modificaciones, transformaciones,
adaptaciones o manipulaciones en general en el producto
acabado o en sus componentes sin la autorización previa
de SEAC y realizadas en cualquier caso por personal no
autorizado.
La rotura de los sellos anula inmediatamente la garantía.
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Español
5. La garantía da derecho a la intervención y a la reparación
gratuita en el menor tiempo posible, o a la sustitución total
gratuita del producto (según el criterio incuestionable de
SEAC) o de aquellos de sus componentes en los que SEAC
reconozca los defectos de funcionamiento taxativamente
indicados en el punto 3 anterior.
6. La garantía se puede ejercer mediante devolución a SEAC del
producto que se considere defectuoso. El medio autorizado
para dicha operación debe ser el distribuidor SEAC en el que
haya sido adquirido el producto. En caso de que esto sea
inviable, y solo previa autorización de SEAC, se podrá proceder
al envío del producto defectuoso a través de cualquier otro
distribuidor SEAC o directamente a la propia SEAC.
Para ejercer la garantía, es necesario acompañar el producto de
una copia del justificante fiscal o de la factura de compra, o de
otro documento equivalente de registro fiscal en el que figuren el
nombre del distribuidor autorizado de SEAC en el que haya sido
adquirido el producto y la fecha de compra del mismo.
En caso de que SEAC reciba un producto que:
• No esté acompañado del registro fiscal con los datos arriba
indicados.
• Se encuentre en circunstancias tales que lleven a rescindir la
garantía en virtud de lo indicado en el punto 4.
• Presente defectos derivados de causas externas y distintas a
las indicadas taxativamente en el punto 3.
• Haya sido utilizado indebidamente o para usos distintos a
aquellos para los que ha sido diseñado.
• Presente signos evidentes de daños o deterioro por un uso
intensivo o por el desgaste normal.
SEAC se abstendrá de realizar ninguna intervención en el
producto, comunicándoselo de inmediato al remitente o al
distribuidor autorizado.
En caso de que el remitente desee proceder con la intervención
de todas formas, deberá enviar a SEAC dentro de los quince
días laborales posteriores una solicitud en dicho sentido, en la