Para la parte no.: 99 9207 090 03
por la que se modifica el anexo II de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en
La Directiva 2011/65/UE establece disposiciones sobre la restricción de la utilización de sustancias
peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (EEE) con miras a contribuir a la protección de la salud
humana y el medio ambiente, incluida la recuperación y eliminación ecológicamente racional de los
residuos de EEE.
ANEXO II
Sustancias sujetas a las restricciones mencionadas en el artículo 4.1 y concentraciones máximas
permisibles en materiales homogéneos en porcentaje del peso
Plomo (0,1 %) Mercurio (0,1 %) Cadmio (0,01 %) Cromo hexavalente (0,1 %) Bifenilos polibromados (PBB)
(0,1 %) Éteres de difenilo polibromado (PBDE) (0, 1 %) Di(2-etilhexil)ftalato (DEHP) (0,1 %)
Butilbencilftalato (BBP) (0,1 %) Dibutilftalato (DBP) (0,1 %) Diisobutilftalato (DIBP) (0,1 %)
Franz Binder GmbH & Co. Elektrische Bauelemente KG confirma por la presente que cumple con todos los
artículos estándar de la mencionada Directiva. Nuestros productos no contienen ninguna de las
sustancias prohibidas especificadas por encima de las concentraciones máximas permitidas que se
especifican en ellos, teniendo en cuenta las excepciones del Anexo III de la Directiva 2011/65/UE.
Cumple con la norma RoHS III con la excepción 6c
Si tiene alguna pregunta, por favor contacte con nuestro Equipo de Conformidad de Productos:
Product-Compliance@binder-connector.de
Franz Binder GmbH & Co.
Elektrische Bauelemente KG
Apartado postal 1152 • 74148
Neckarsulm
Rötelstraße 27 • 74172 Neckarsulm
DECLARACIÓN DEL FABRICANTE
Con respecto a la
DIRECTIVA DELEGADA DE LA COMISIÓN (UE) 2015/863
de 31 de marzo de 2015
lo que respecta a la lista de sustancias restringidas
Teléfono +49 7132 325-0
Fax +49 7132 325-150
info@binder-connector.de
www.binder-connector.com
24/06/2022
Fecha: 24/06/2022