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Reglamento De Productos De Construcción - Erreka ULTRA Manual Del Instalador

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Advertencias particulares relativas a las Directivas Europeas
Para este producto son aplicables las siguientes
Directivas Europeas:
• Reglamento de productos de Construcción
• Directiva "Maquinas"
• Directiva "Compatibilidad electromagnética"
A continuación se indican las advertencias particulares
para este producto que aparecen en dichas directivas.
Reglamento de productos de Construcción
UE 305/2011
Las advertencias particulares para este producto relativas
al Reglamento para la construcción 305/2011 son:
• La instalación de este producto tal como se describe
en este manual de instrucciones, para algunos tipos
de uso (se excluye el uso sólo para vehículos) puede
determinar su inclusión en el campo de aplicación
del reglamento 305/2011 y la norma armonizada
EN 13241:2003+A2:2016. Si la barrera se instala en
áreas accesibles a las personas y su principal objetivo
es ofrecer seguridad de acceso a mercancías y
vehículos conducidos por personas, es de aplicación
el Reglamento 305/2011 y la norma UNE-EN 13241.
• En el apartado "Criterios de instalación y
advertencias particulares relativas a los requisitos
esenciales" en la página 6, se indican los criterios de
instalación necesarios para que el producto cumpla
los requisitos esenciales del Reglamento 305/2011.
El instalador es responsable de comprobar y
asegurarse de que estos criterios se hayan respetado
escrupulosamente. Si la barrera se instala y utiliza sin
respetar alguno de estos criterios, los requisitos
esenciales podrían no estar garantizados.
La aplicación de los criterios de seguridad de la
norma EN 13241, en el diseño y fabricación de la
barrera, confieren conformidad con los requisitos de
seguridad previstos en el Reglamento UE 305/2011.
El instalador debe instalar la barrera según las
instrucciones del fabricante para asegurar que se
mantienen los requisitos de seguridad aplicados. El
incumplimiento de cualquiera de esas instrucciones
por parte del instalador invalida la seguridad de la
barrera electromecánica y su marcado CE, siendo
responsabilidad del instalador cualquier daño que
p u e d a p r o v o c a r l a b a r r e r a d u r a n t e s u
funcionamiento.
Está prohibido utilizar la barrera si el instalador
no ha verificado la conformidad con los
requisitos establecidos por la directiva.
En este caso, se debe quitar la etiqueta del producto
y la Declaración de Conformidad CE de este
producto queda sin efecto. El instalador se
convertirá en el fabricante del producto "Barrera
Automática" y deberá cumplir con las disposiciones
d e l r e g l a m e n t o 3 0 5 / 2 0 1 1 y d e l a N o r m a
Armonizada EN 13241.
INDICACIONES GENERALES DE SEGURIDAD
Directiva "Máquinas" 2006/42/CE
• En el apartado "Criterios de instalación y
advertencias particulares relativas a los requisitos
esenciales" en la página 6, se indican los criterios de
instalación necesarios para que el producto cumpla
los requisitos esenciales de la Directiva de Máquinas.
El instalador es responsable de comprobar y
asegurarse de que estos criterios se hayan respetado
escrupulosamente. Si la barrera se instala y utiliza sin
respetar alguno de estos criterios, los requisitos
esenciales podrían no estar garantizados.
Está prohibido utilizar la barrera si el instalador
no ha verificado la conformidad con los
requisitos establecidos por la directiva.
En este caso, la declaración de conformidad CE
queda sin efecto. El instalador se convertirá en el
fabricante del producto "Barrera Automática" y
deberá cumplir con las disposiciones de la Directiva
de Máquinas. El fabricante debe realizar el análisis
de los riesgos, incluyendo la lista de los requisitos
esenciales de seguridad previstos en el Anexo I de la
Directiva de Máquinas, indicando las soluciones
adoptadas para cada caso. El análisis de riesgos es
uno de los documentos que constituyen el
expedinte técnico de la instalación. Debe ser
elaborado por un instalador profesional utlizando
las Declaración de Conformidad del Anexo II
elaborada por quien ha realizado la instalación de la
barrera.
El marcado CE implica el cumplimiento de los
requisitos esenciales de seguridad previstos en la
Directiva 2006/42/CE de máquinas y en las normas
armonizadas que se han aplicado en el diseño y
fabricación de la barrera.
El fabricante solo se responsabiliza del marcado CE
de la barrera si el montaje e instalación se lleva a
cabo según las instrucciones definidas en este
mismo manual y con los componentes detallados en
el mismo. Así mismo, el marcado CE de la barrera
debe llevarse a cabo sobre los componentes y con la
periodicidad establecida por el fabricante. Todos los
m a n t e n i m i e n t o s r e a l i z a d o s d e b e n q u e d a r
registrados en el libro de mantenimiento.
La sustitución de cualquier componente por parte
d e l i n s t a l a d o r / m a n t e n e d o r p o r o t r o d e
c a r a c t e r í s t i c a s d i f e r e n t e s o l a f a l t a d e l
mantenimiento previsto por el fabricante invalida el
marcado CE de la barrera, cuya responsabilidad pasa
a ser del instalador que modifica la barrera.
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Barreras ULTRA

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