es-mx Declaración de Garantía Limitada del Producto
proveedor de servicio técnico
no autorizado, a menos que
este último haya sido aprobado
por BSH antes de realizar el
servicio.
En ningún caso, BSH tendrá
responsabilidad ni obligación
alguna por los daños ocasionados
a los bienes circundantes,
incluidos los gabinetes, pisos,
techos y demás estructuras u
objetos que se encuentren
alrededor del Producto. También
se excluyen de esta garantía los
Productos en los cuales los
números de serie hayan sido
alterados, modificados o
eliminados; las visitas del servicio
técnico para enseñarle a usar el
Producto o las visitas en las que
se determine que no hay ningún
problema con el Producto; la
corrección de los problemas de
instalación (usted es el único
responsable de cualquier
estructura y soporte del Producto,
incluidas todas las instalaciones
de electricidad y plomería o
demás instalaciones de conexión,
de la correcta instalación en
bases/pisos, y de cualquier
alteración, incluidos, a modo de
ejemplo, gabinetes, paredes,
pisos, repisas, etc.); y el
restablecimiento de breakers o
fusibles.
EN LA MEDIDA PERMITIDA POR
LA LEY, ESTA GARANTÍA
ESTABLECE SUS RECURSOS
EXCLUSIVOS CON RESPECTO
AL PRODUCTO,
INDEPENDIENTEMENTE DE
QUE LA RECLAMACIÓN SEA
CONTRACTUAL O
EXTRACONTRACTUAL
(INCLUIDA LA
RESPONSABILIDAD OBJETIVA
O LA NEGLIGENCIA), O DE
CUALQUIER OTRO TIPO. ESTA
GARANTÍA REEMPLAZA TODAS
LAS DEMÁS GARANTÍAS
62
EXPRESAS O IMPLÍCITAS. LAS
GARANTÍAS IMPLÍCITAS POR
LEY, YA SEA DE
COMERCIABILIDAD O DE
APTITUD PARA UN FIN
ESPECÍFICO O DE CUALQUIER
OTRO TIPO, TENDRÁN
VIGENCIA ÚNICAMENTE POR
EL PERÍODO DE VIGENCIA DE
LA PRESENTE GARANTÍA
LIMITADA EXPRESA. EN
NINGÚN CASO SERÁ EL
FABRICANTE RESPONSABLE
POR LOS DAÑOS
CONSECUENTES,
ESPECIALES, Y/O DAÑOS
PUNITIVOS, PÉRDIDAS O
GASTOS, INCLUIDOS, ENTRE
OTROS, TIEMPO FUERA DEL
TRABAJO, HOTELES O
COMIDAS EN RESTAURANTES,
GASTOS DE REMODELACIÓN
QUE SUPEREN LOS DAÑOS
DIRECTOS, QUE
DEFINITIVAMENTE HAYAN
SIDO PROVOCADOS DE
MANERA EXCLUSIVA POR
GAGGENAU O DE OTRA
MANERA. ALGUNOS ESTADOS
NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN
O LIMITACIÓN DE DAÑOS
INCIDENTALES O
CONSECUENTES, Y ALGUNOS
ESTADOS NO PERMITEN
LIMITACIONES CON
RESPECTO AL PLAZO DE
VIGENCIA DE UNA GARANTÍA
IMPLÍCITA; POR LO TANTO, ES
POSIBLE QUE LAS
EXCLUSIONES O
LIMITACIONES PRECEDENTES
NO SE APLIQUEN. ESTA
GARANTÍA OTORGA
DERECHOS LEGALES
ESPECÍFICOS, Y TAMBIÉN
PUEDEN CORRESPONDERLE
OTROS DERECHOS QUE
PUEDEN VARIAR SEGÚN EL
ESTADO.