• Si ha contabilizado en total menos de 2 horas de inmersión en las últimas 48 ho-
ras, se recomienda una espera de 12 horas antes de realizar un desplazamiento
aéreo.
• Después de cualquier inmersión que haya requerido una parada de descompre-
sión, la espera recomendada antes de un desplazamiento aéreo es de al menos
24 horas, y a ser posible de 48 horas.
• SUUNTO recomienda no efectuar ningún desplazamiento aéreo mientras no lo
permitan los parámetros indicados por el ordenador de buceo y los límites indica-
dos en las recomendaciones de la DAN y la UHMS.
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