Anexos
1. Código fuente.
El "código fuente" de un trabajo significa la forma preferida del trabajo para hacerle modificaciones. "Código de objeto" significa
cualquier forma que no sea de origen de un trabajo.
Una "Interfaz estándar" significa una interfaz que es un estándar oficial definido por un cuerpo de estándares reconocidos, o, en
el caso de interfaces especificadas para un lenguaje de programación específico, una que se usa ampliamente entre los
desarrolladores que trabajan en ese lenguaje.
Las "Bibliotecas del sistema" de un trabajo ejecutable incluyen cualquier cosa, aparte del trabajo en su conjunto, que (a) se
incluye en la forma normal de empaquetar un Componente principal, pero que no forma parte de ese Componente principal, y (b)
sirve solo para permitir el uso del trabajo con ese Componente principal, o para implementar una Interfaz estándar para la cual
una implementación está disponible para el público en forma de código fuente. Un "Componente principal", en este contexto,
significa un componente esencial principal (kernel, sistema de ventanas, etc.) del sistema operativo específico (si existe) en el
que se ejecuta el ejecutable, o un compilador utilizado para producir el trabajo, o un intérprete de código de objeto utilizado para
ejecutarlo.
La "Fuente correspondiente" para un trabajo en forma de código de objeto significa todo el código fuente necesario para generar,
instalar y (para un trabajo ejecutable) ejecutar el código de objeto y modificar el trabajo, incluidos los scripts que permiten
controlar esas actividades. Sin embargo, no incluye las bibliotecas del sistema del trabajo, herramientas de propósito general o
programas gratuitos generalmente disponibles que se utilizan sin modificar en la realización de esas actividades, pero que no
forman parte del trabajo. Por ejemplo, Fuente correspondiente incluye archivos de definición de interfaz relacionados con los
archivos fuente para el trabajo, y el código fuente para bibliotecas compartidas y subprogramas vinculados dinámicamente para
los que el trabajo está específicamente diseñado para que los requiera, por ejemplo, mediante comunicación de datos íntima o
flujo de control entre esos subprogramas y otras partes del trabajo.
La Fuente correspondiente no necesita incluir nada que los usuarios puedan regenerar automáticamente desde otras partes de
la Fuente correspondiente.
La Fuente correspondiente para un trabajo en forma de código fuente es el mismo trabajo.
2. Permisos básicos.
Todos los derechos concedidos bajo esta Licencia se conceden por la duración de los derechos de autor del Programa y son
irrevocables siempre que se cumplan las condiciones establecidas. Esta Licencia afirma explícitamente su permiso ilimitado
para ejecutar el Programa no modificado. El resultado de ejecutar un trabajo cubierto está cubierto por esta Licencia solo si el
resultado, dado su contenido, constituye un trabajo cubierto. Esta Licencia reconoce sus derechos de uso justo u otro
equivalente, según lo estipulado por la ley de derechos de autor.
Puede hacer, ejecutar y propagar los trabajos cubiertos que no traspasa, sin condiciones, siempre y cuando su licencia
permanezca en vigor de otra manera. Puede traspasar los trabajos cubiertos a terceros con el único propósito de que hagan
modificaciones exclusivamente para usted, o le proporcionen las instalaciones para ejecutar dichos trabajos, siempre que usted
cumpla con los términos de esta Licencia en el traspaso de todo el material para el que no controle los derechos de autor.
Aquellos que hagan o ejecuten los trabajos cubiertos para usted deben hacerlo exclusivamente en su nombre, bajo su dirección
y control, en términos que les prohíba hacer cualquier copia del material protegido por derechos de autor fuera de su relación
con usted.
El traspaso bajo cualquier otra circunstancia se permite únicamente en las condiciones que se indican a continuación. No se
permite la emisión de sublicencias; la sección 10 lo hace innecesario.
3. Protección de los derechos legales de los usuarios contra la ley contra la exclusión.
Ningún trabajo abarcado se considerará parte de una medida tecnológica efectiva en virtud de ninguna ley aplicable que cumpla
las obligaciones establecidas en el artículo 11 del tratado de la OMPI sobre derechos de autor adoptado el 20 de diciembre de
1996, o leyes similares que prohíban o restrinjan la exclusión de tales medidas.
Cuando traspasa un trabajo cubierto, usted renuncia a cualquier poder legal para prohibir la exclusión de medidas tecnológicas
en la medida en que tal exclusión se efectúe ejerciendo los derechos según esta Licencia con respecto al trabajo cubierto, y
usted renuncia a cualquier intención de limitar la operación o modificación del trabajo como un medio de hacer cumplir, contra
los usuarios del trabajo, sus derechos legales o de terceros para prohibir la exclusión de medidas tecnológicas.
4. Traspaso de copias literales.
Puede traspasar copias literales del código fuente del Programa, tal como lo recibe, en cualquier medio, siempre que usted
publique en forma notoria y adecuada en cada copia un aviso del derecho de autor apropiado; mantenga intactos todos los
avisos que indiquen que esta Licencia y cualquier término no permisivo agregado de acuerdo con la sección 7 se aplican al
código; mantenga intactos todos los avisos de la ausencia de cualquier garantía; y dé a todos los destinatarios una copia de
esta Licencia junto con el Programa.
Puede cobrar o no dinero por cada copia que traspase, así como ofrecer asistencia o protección por garantía por un precio.
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