GARANTÍA LIMITADA DE UN AÑO
Honeywell International Inc., a través de su negocio de Seguridad y Comunicaciones ("Vendedor"), 2
Corporate Center Drive, Melville, New York 11747, garantiza que este equipo de seguridad (el
"producto") no presentará defectos de materiales y mano de obra materials durante un período de un
año a contar de la fecha de compra original, bajo condiciones normales de uso y servicio. La obligación
del Vendedor se limita a reparar o reemplazar, a su discreción, sin cargo por las piezas, mano de obra o
transporte, cualquier producto que presente defectos comprobados en sus materiales o mano de obra
bajo condiciones normales de uso y servicio. El Vendedor no tendrá obligación alguna en virtud de esta
garantía ni de otro modo si el producto es modificado o reparado de manera inadecuada por cualquier
otra persona que no sea el Vendedor. En caso de que el producto presente un defecto, póngase en
contacto con el profesional de seguridad que instaló y que realiza los mantenimientos de su equipo de
seguridad, o con el vendedor, para disponer la reparación.
Esta Garantía limitada de un año reemplaza a todas las demás garantías expresas, obligaciones o
responsabilidades. NO EXISTEN GARANTÍAS EXPRESAS QUE SE EXTIENDAN MÁS ALLÁ DE LO
INDICADO
EN
ESTE
DOCUMENTO.
TODA
GARANTÍA
IMPLÍCITA,
OBLIGACIÓN
O
RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR EN RELACIÓN CON ESTE PRODUCTO, INCLUIDA LA
GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO EN
PARTICULAR, TIENE UNA DURACIÓN QUE SE LIMITA A UN PERÍODO DE UN AÑO A CONTAR
DE LA FECHA DE COMPRA ORIGINAL. CUALQUIER ACCIÓN DE INCUMPLIMIENTO DE
GARANTÍA,
INCLUIDA,
SIN
LIMITACIÓN,
CUALQUIER
GARANTÍA
IMPLÍCITA
DE
COMERCIABILIDAD, DEBE PRESENTARSE DENTRO DE 12 MESES A CONTAR DE LA FECHA
DE
COMPRA
ORIGINAL.
BAJO
NINGUNA
CIRCUNSTANCIA
EL
VENDEDOR
SERÁ
RESPONSABLE
ANTE
TERCEROS
POR
DAÑOS
DERIVADOS
O
INCIDENTALES
DEL
INCUMPLIMIENTO DE ÉSTA O CUALQUIER OTRA GARANTÍA, SEA EXPRESA O EXPLÍCITA, NI
POR NINGÚN OTRO TIPO DE RESPONSABILIDAD, SEA CUAL FUESE, INCLUSO SI LA
PÉRDIDA O DAÑO ES CAUSADO POR LA PROPIA NEGLIGENCIA O ERROR DEL VENDEDOR.
Algunos estados no admiten la limitación de la duración de una garantía implícita ni la exclusión o
limitación de daños incidentales o derivados, por lo que es posible que la limitación o exclusión anterior
no se apliquen a su caso.
El vendedor no garantiza que el producto no pueda ser burlado o evadido y tampoco que el producto
evitará lesiones personales o la pérdida de una propiedad a causa de robo, desvalijamiento, incendio u
otra situación; ni que el producto brindará una advertencia o protección adecuada en todos los casos. El
comprador comprende que una alarma instalada y mantenida correctamente solamente puede reducir
el riesgo de robos, asaltos, incendios u otros eventos que ocurran sin alarma, pero no es posible
asegurar ni garantizar que nada de esto ocurrirá o que no habrá lesiones personales o pérdidas de
propiedad como consecuencia de estos eventos. EN CONSECUENCIA, EL VENDEDOR NO SERÁ
RESPONSABLE POR NINGUNA LESIÓN PERSONAL, DAÑO A LA PROPIEDAD U OTRA
PÉRDIDA DONDE SE RECLAME QUE EL PRODUCTO NO DIO ADVERTENCIA. SIN EMBARGO,
SI SE DETERMINA QUE EL VENDEDOR ES RESPONSABLE, YA SEA DIRECTA O
INDIRECTAMENTE, POR CUALQUIER PÉRDIDA O DAÑO QUE SURJA EN VIRTUD DE ESTA
GARANTÍA LIMITADA O DE OTRO MODO, SIN IMPORTAR LA CAUSA U ORIGEN, LA
RESPONSABILIDAD MÁXIMA DEL VENDEDOR EN NINGÚN CASO EXCEDERÁ EL PRECIO DE
COMPRA DEL PRODUCTO, EL CUAL SERÁ EL RECURSO COMPLETO Y EXCLUSIVO CONTRA
EL VENDEDOR. Esta garantía le otorga derechos legales específicos y es posible que también tenga
otros derechos, los cuales varían según el estado. No se autoriza ninguna adición o modificación a esta
garantía, sea verbal o por escrito.
– 63 –