VALORES MÁXIMOS DE
EMISIÓN ATMOSFÉRICA
Este vehículo a la salida de fábrica
cumple con los siguientes límites
máximos de emisiones:
- Vehículos equipados con mo-
tor de ciclo OTTO (combustible:
NAFTA o GASOLINA)
Monóxido
de
carbono
marcha lenta: MÁX.: 0,5%, para
vehículos
fabricados
del 01/01/99.
Hidrocarburos incombustos (HC) en
marcha lenta: MÁX.: 250 ppm (par-
tes por millón) para vehículos fa-
bricados a partir del 01/01/99.
- Vehículos equipados con motor
de ciclo DIESEL (combustible:
GASOIL)
Ennegrecimiento del gas de escape
por el procedimiento de «aceleración
libre»:
Medición
por
filtrado
BACHARACH): MÁX.: 5
Medición con opacímetro (coeficien-
te de absorción): MÁX.: 2,62 m-1
Los gases de escape se mantendrán
dentro de los valores legislados du-
rante 80.000 km(*) (según corres-
ponda) o 5 años de uso, siempre y
cuando se respeten estrictamente los
mantenimientos prenventivos y las
(CO)
en
recomendaciones de uso dadas en
el Manual de Uso y Características.
a
partir
(*) 80.000 km.: Vehículos livianos
(PBT < 3.856 Kg) con motor de Ciclo
OTTO y Diesel.
La garantía precedentemente indica-
da sólo será de aplicación en aque-
llas «configuraciones» o «modelos»
(según definición del texto Legal Ley
Nº 24449/95, Dec. P.E.N. 779/95,
Art. 33) que se hayan certificado con
valores que superen el 90% de los
límites de emisión establecidos para
cada contaminante.
(índice
Medio ambiente -
CONTROL TÉCNICO**
La legislación vigente en el orden
federal
establece
el
TÉCNICO PERIÓDICO, el primero
de cuales se efectuará a los 36 me-
ses (*) (unidades de uso particular),
después de la venta al primer usua-
rio. Si el vehículo tuviera un siniestro
que afecte alguno de los sistemas
contemplados en dicho control, ca-
ducará el período faltante entre la
fecha del siniestro y el mencionado
plazo de 36 meses (*). Después de
la primera revisión, las restantes se
efectuarán:
- Para vehículos con menos de
7 años; cada 24 meses (*).
- Para vehículos con más de 7 años;
cada 12 meses (*).
Cada uno de los sistemas del vehí-
culo objeto del mencionado control
técnico, se indican en la presente
sección de MANTENIMIENTO, por
lo que recomendamos al usuario
su especial atención a fin de que el
vehículo se encuentre en correctas
condiciones de mantenimiento.
(*) Los
períodos
pueden
según la jurisdicción y categoría
del
vehículo
(taxi,
particular, etc.).
**
En función de la legislación en
vigor en el país.
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CONTROL
variar
remis,