Documento
MAN_Automazione_Porte_Open_rev0_01-10-12_ES
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3.2 CERTIFICACIÓN DEL KIT DE AUTOMACIÓN
La directiva 2006/42/CE precisa las condiciones mínimas con que un kit de automación puede ser introducido en
el mercado de la Unión Europea.
Para certificar la conformidad del kit de automación con las disposiciones de la Directiva de Máquinas, antes de su
introducción en el mercado, Scrigno S.p.A. Unipersonale ha efectuado las pruebas exigidas en los R.E.S que
figuran en la Declaración de Incorporación y las comprobaciones previstas por las normas de referencia, incluido
el análisis de los riesgos con el fin de verificar el cumplimiento punto por punto de los requisitos de seguridad y
salud.
La documentación técnica pertinente, que recoge los datos fundamentales del proyecto y todas las características
relacionadas con la seguridad del kit de automación, se ha elaborado de conformidad con lo previsto en el anexo
VII de la directiva 2006/42/CE, se halla archivada en nuestras oficinas y se encuentra disponible para su consulta
por parte de los órganos de control, tras presentar la correspondiente solicitud, según lo previsto en las
disposiciones legislativas vigentes en esta materia.
Scrigno S.p.A. Unipersonale, una vez comprobado con los susodichos análisis que el kit de automación se ha
proyectado y fabricado de acuerdo con las disposiciones enunciadas en la directiva 2006/42/CE, y que se puede
introducir en el mercado en las condiciones previstas en el presente manual, procede a la introducción en el
mercado del kit de automación dotándolo y acompañándolo con:
una declaración de incorporación;
un manual de montaje.
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