13. CONDICIONES DE GARANTÍA
13.1. PERIODO DE GARANTÍA
- El periodo de garantía (Ley 1999/44 CE) según los
términos descritos a continuación es de 2 años a
partir de la fecha de compra, en piezas y mano de
obra, contra defectos de fabricación y material.
13.2. EXCLUSIONES
La garantía Garland no cubre:
- Desgaste natural por uso.
- Mal uso, negligencia, operación descuidada o falta
de mantenimiento.
- Defectos causados por un uso incorrecto, daños
provocados debido a manipulaciones realizadas a
través de personal no autorizado por Garland o uso
de recambios no originales.
13.3. TERRITORIO
- La garantía Garland asegura cobertura de servicio
en todo el territorio nacional.
13.4. EN CASO DE INCIDENCIA
- La garantía debe ir correctamente cumplimentada
con todos los datos solicitados, y acompañada por
la factura.
¡ATENCIÓN!
PARA ASEGURAR UN FUNCIONAMIENTO Y
UNA SEGURIDAD MÁXIMA, LE ROGAMOS
LEA EL LIBRO DE INSTRUCCIONES
DETENIDAMENTE ANTES DE USAR.
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Español
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DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD (CE)
El abajo firmante, Juan Palacios , autorizado por Productos Mcland S.L., con dirección C/ La Fragua 22,
28933, Móstoles, España , declara que las máquinas Marca Garland modelos Gas 339E-V18 con números de
serie del año 2018 en adelante (el año de fabricación se indica claramente en la placa de identificación de
la máquina seguido del número de serie) y cuya descripción y función es "Máquina con motor adecuada para
limpiar el césped, senderos, caminos, calles, etc. de hojas y otras materias por medio de un flujo de aire muy
potente. ", cumplen con todos los requerimientos de la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo de 17 de mayo de 2006 relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE
Estas máquinas también cumplen los requerimientos de las siguientes directivas comunitarias:
• DIRECTIVA 2014/30/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 26 de febrero de 2014 sobre
la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de compatibilidad electromagnética
(refundición)
• Directiva 2000/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a la
aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a
las máquinas de uso al aire libre
• DIRECTIVA 2014/35/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 26 de febrero de 2014 sobre la
armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de material
eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión
• Norma armonizada: EN 60335-1:2012/A11:2014; EN 50636-2-100:2014; EN 62233:2008; EN55014-
1:2006/A2:2011; EN 55014-2:2015 ; EN 61000-3-2:2014; EN 61000-3-3:2013
Potencia máxima (kW)
Nivel de potencia acústica medido dB(A) (k=2,24)
Nivel de potencia acústica garantizado dB(A)
3
102,5
105
Juan Palacios
Director de producto
Móstoles
20/120
18/9/2018