Cumplimiento normativo
Comisión Federal de Comunicaciones (FCC)
Este dispositivo cumple con la parte 15 de las normas de la FCC. La operación de este equipo está sujeta
a las dos condiciones siguientes:
1. Esta computadora o dispositivo no provoca ninguna interferencia dañina.
2. Este dispositivo debe aceptar toda interferencia, incluida la interferencia que pueda ocasionar un
efecto no deseada.
Este equipo fue sometido a pruebas, y se comprobó que cumple con los límites conforme a la parte 15,
subparte B. Las partes 22 y 24 de la FCC están cubiertas por el proceso de "aprobación modular" para el
módulo integrado inalámbrico. Este enfoque, que está descrito en el Aviso público DA 00-131407 de la
FCC publicado el 26 de junio de 2000, tiene la finalidad de aliviar a los fabricantes de equipos
eliminando el requisito de obtener una autorización para equipos nuevos que corresponda el mismo
transmisor cuando se lo instala en un dispositivo nuevo.
Estos límites están diseñados para ofrecer una protección razonable contra interferencias dañinas
dentro de una instalación adecuada. Este equipo genera, utiliza y puede emitir energía de
radiofrecuencia, y si no se lo utiliza conforme a las instrucciones, puede provocar una radiación
perjudicial para las comunicaciones de radio.
Sin embargo, no hay garantía de que no se produzcan interferencias en una instalación en particular.
EXPOSICIÓN A RADIOFRECUENCIA
Su dispositivo es un transmisor y receptor de radio. Está diseñado y fabricado para que no exceda los
límites de emisión correspondientes a la exposición a energía de radiofrecuencia (RF) establecidos por
la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) del gobierno de los Estados Unidos. Estos límites son
parte de lineamientos integrales y establecen los niveles permitidos de energía de radiofrecuencia para
la población en general. Estas pautas se basan en los estándares de seguridad establecidos previamente
por los organismos de estándares estadounidenses e internacionales. Los estándares incluyen un
margen de seguridad sustancial destinado a garantizar la seguridad de todas las personas,
independientemente de su edad y salud.
El estándar de exposición para dispositivos RF inalámbricos, como este dispositivo, emplea una unidad
de medida conocida como la tasa de absorción específica (SAR, por su sigla en inglés). El límite SAR
establecido por la FCC es de 1,6 W/kg. Los valores SAR iguales o inferiores a ese límite se consideran
seguros para el público en general.
Antes de que un dispositivo RF inalámbrico esté disponible para su venta al público, la FCC debe
someterlo a pruebas y certificar que no supere los límites SAR establecidos por la FCC. Las pruebas de
SAR se realizan con las posiciones y ubicaciones (por ej., en el oído o el desgaste sobre el cuerpo) tal
como lo exige la FCC para cada modelo del dispositivo.
Para usar este dispositivo sin aprobaciones adicionales de certificaciones FCC, la instalación debe
cumplir con las siguientes condiciones:
Para que el transmisor cumpla los requisitos de exclusión categórica MPE de 2.1091, el ERP debe ser
inferior a 1,5 vatios para una distancia de separación del personal mínima de 20 cm (7,9 pulgadas). Por
lo tanto, la ganancia máxima de la antena no puede superar los +3,3 dBi. Si fuese mayor a 1,5 vatios,
será necesario realizar nuevas pruebas y solicitar otra aprobación de la FCC.
Guía del usuario de MT 1200
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