Instrucciones de servicio
TR16/TR36/TR38, módulo de potencia
TR16/TR36/TR38, Leistungsmodul
BARTEC
GmbH
Max-Eyth-Straße 16
Alemania
97980 Bad Mergentheim
Reguladores multicanal MPC
La unidad de potencia regula la temperatura conforme a los valores de referencia. El dispositivo puede
modificar la potencia del cable de calefacciónen un intervalo comprendido entre el 10 % y el 95 %. La uni-
dad de potencia dispone de dos canales de temperatura, de un límite y de una regulación. En función de la
calefacción que haya de regularse, el sensor Pt100 puede conectarse al TC, es decir al canal de regulación.
En función de la calefacción que haya de limitarse, el sensor Pt100 puede conectarse al TL, es decir al canal
de limitación. La temperatura que se mide con el limitador de temperatura TL EX (dispositivo ATEX) puede
también reproducirse para el canal TL.
La protección térmica del dispositivo desconecta la calefacción cuando la temperatura del disipador térmico
sobrepasa los 85 °C. Su funcionamiento normal se restablece en cuanto la temperatura desciende hasta el
valor homologado.
LEDs:
LED de alarma:
Cuando el LED de alarma parpadea, significa que existen alarmas no confirmadas en el
dispositivo. Los LEDs permanentemente iluminados señalan que, aunque se han confirmado las
alarmas, no se han eliminado los errores desencadenantes de las alarmas. El LED se apaga
cuando, una vez confirmados, se han resuelto todos los errores desencadenantes de alarma.
Cuando el LED parpadea rápidamente, existe un error de bus. Cuando el LED parpadea
rápidamente, existe otro error.
Alimentación eléctrica:
La velocidad de parpadeo del LED es directamente proporcional a la alimentación eléctrica.
Si la luz del LED permanece fija, el suministro de corriente al aparato ha alcanzado el 100%.
Con las ruedecillas giratorias x1 y x10 se selecciona el número de posición del dispositivo.
Tel.: +49 7931 597-0
info@bartec.de
Fax: +49 7931 597-119
www.bartec.de
Tipo 17-8851..../....
net
Cláusula de reserva Nos reservamos el derecho a realizar modificaciones técnicas.
Los cambios, errores y omisiones no dan lugar a reclamación por daños y perjuicios.
ES 8/24