Capítulo
13
13.0 Localización de detectores y plan de escape
La siguiente información es solo para orientación general y se recomienda consultar los códigos y
reglamentos contra incendios locales al momento de colocar e instalar alarmas de detección de humo y
CO.
13.1 Detectores de humo
Las investigaciones han demostrado que todos los incendios hostiles generan humo en mayor o menor
medida. Los experimentos en incendios típicos en hogares indican que las cantidades detectables de
humo preceden a los niveles detectables de calor en la mayoría de los casos. Por estas razones, los
detectores de humo se deben instalar fuera de cada dormitorio y en cada piso de la casa.
La siguiente información es solo para orientación general y se recomienda consultar los códigos
reglamentos contra incendios locales al momento de colocar e instalar alarmas de detección de humo.
Se recomienda instalar detectores de humo además de los requeridos para aumentar la protección. Las
áreas adicionales que deben ser protegidas incluyen: sótano, dormitorios, en particular aquellos donde
duermen fumadores; comedor, cuartos de calderas y de servicio; y entradas no protegidas por los
detectores requeridos. En cielos rasos lisos, los detectores pueden ser espaciados 9,1 m como guía.
Puede que se requiera otro espaciado dependiendo de la altura del cielo raso, el movimiento de aire, la
presencia de vigas, cielos rasos no aislados, etc. Consulte el Código Nacional de Alarmas de Incendios
NFPA 72, CAN/ULC-S553-02 u otras normas nacionales apropiadas para las recomendaciones de
instalación.
• No coloque los detectores de humo en la parte más alta del techo o tejado; el espacio de aire muerto
en estas ubicaciones puede evitar que los detectores detecten el humo.
• Evite áreas con corrientes de turbulencia de aire, como cerca de puertas, ventiladores o ventanas. El
movimiento rápido de aire alrededor del detector puede evitar que el humo entre en la unidad.
• No coloque los detectores en áreas con alta humedad.
• No coloque los detectores en áreas donde la temperatura aumente por encima de los 38ºC (100ºF) o
baje por debajo de los 5ºC (41ºF).
• En EE.UU., los detectores de humo deben instalarse de acuerdo con el Capítulo 29 de la NFPA 72,
el Código Nacional de Alarmas de incendios: 29.5.1.1.
Donde sea exigido por otras legislaciones, códigos o normas aplicables para un tipo específico de
ocupación, las alarmas de humo de estación simple y múltiple aprobadas deberán instalarse de la
siguiente manera:
1.
En todos los dormitorios y las habitaciones de huéspedes.
Fuera de cada área de descanso de una unidad de vivienda separada, a una distancia de 6,4 m de
cualquier puerta de dormitorio, con la distancia medida a lo largo de una ruta de desplazamiento.
En cada nivel de una unidad de vivienda, incluyendo los sótanos.
En cada nivel de un establecimiento residencial de hospedaje y cuidado (instalación pequeña),
incluyendo los sótanos y sin considerar los espacios de techos muy bajos y los áticos no acabados.
En las zonas de estar de una habitación de huésped.
En las zonas de estar de un establecimiento residencial de hospedaje y cuidado (instalación pequeña).
Figura 1
Figura 2
Figura 3
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