4.3.3
Distancia mínima a objetos reflectantes
8022885/2019-03-07 | SICK
Sujeto a cambio sin previo aviso
Figura 10: Representación a modo de ejemplo de la posibilidad de acceso por arriba en el DPSC.
Izquierda: campo de protección sin posibilidad de acceso por arriba. Derecha: campo de pro‐
tección con posibilidad de acceso por arriba.
Resumen
Las superficies y objetos reflectantes pueden desviar los haces luminosos del transmi‐
sor. Esto puede hacer que no se detecte un objeto.
Por ese motivo, todas las superficies y objetos reflectantes (p. ej., recipientes de mate‐
rial, mesas de máquinas, etc.) deben permanecer a una distancia mínima del campo
de protección. Esta distancia mínima debe respetarse en todos los lados del campo de
protección. Esto es válido tanto en el plano horizontal, vertical y diagonal y también en
los extremos de la cortina fotoeléctrica de seguridad. La misma zona debe estar libre
de medios de dispersión (p. ej., polvo, niebla, humo).
La distancia mínima (a) depende de la distancia (D) entre el transmisor y el receptor
(anchura del campo de protección).
s
Figura 11: Distancia mínima a las superficies reflectantes
Indicaciones importantes
PELIGRO
Riesgo por falta de efectividad del dispositivo de protección
Las superficies reflectantes y los elementos de reflexión pueden provocar reflexión y
como consecuencia impedir la detección de las personas y extremidades que son
objeto de la protección.
Asegúrese de que todas las superficies y objetos reflectantes guarden una distan‐
b
cia mínima respecto al campo de protección.
Asegúrese de que no haya medios de dispersión (p. ej., polvo, niebla, humo) den‐
b
tro de la distancia mínima calculada respecto al campo de protección.
DISEÑO
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I N S T R U C C I O N E S D E U S O | deTec4 Ex
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