DrivePro 20
(a) Este Acuerdo constituye el acuerdo completo entre Transcend y el Cliente con respecto al tema
del mismo, y solo puede ser modificado mediante una enmienda escrita firmada por un ejecutivo
autorizado de Transcend.
(b) Excepto en la medida de una ley aplicable, si la hubiera, disponga lo
contrario, este Acuerdo se regirá por la ley de la República de China, excluyendo sus disposiciones
sobre conflictos de leyes. (c) Si alguna parte de este Acuerdo se mantiene inválida o inaplicable, y
las partes restantes permanecerán en pleno vigor y efecto. (d) Una renuncia por cualquiera de las
partes de cualquier término o condición de este Acuerdo o cualquier incumplimiento del mismo, en
cualquier caso, no renunciará a dicho término o condición o cualquier incumplimiento posterior del
mismo. (e) Transcend puede ceder sus derechos en virtud de este Acuerdo sin condición. (f) Este
Acuerdo será vinculante y se beneficiará en beneficio de las partes, sus sucesores y cesionarios
permitidos.
10-7 Marca de conformidad euroasiática (EAC)
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