Declaración de la Comisión Federal de Comunicaciones
Tras haber sido sometido a todas las pruebas pertinentes, se ha comprobado que
este equipo cumple con los límites establecidos para dispositivos digitales Clase B,
conforme a la Sección 15 del Reglamento de la Comisión Federal de Comunica-
ciones (FCC). Tales límites definen los niveles máximos permisibles a las
interferencias nocivas de la energía radioeléctrica en instalaciones residenciales.
Puesto que el actual equipo genera, utiliza y puede radiar energía radioeléctrica, si
no observa las instrucciones relativas a la instalación y operación del dispositivo,
puede provocar interferencias nocivas a las comunicaciones por radio. Sin
embargo, no es posible garantizar que no se producirá interferencia alguna en una
instalación determinada. Dado el caso de que el equipo interfiriera en la
recepción de aparatos de radio o televisión, lo cual se puede determinar al apagar
y volver a encender dispositivo, le recomendamos al usuario que intente una o
más de las siguientes medidas con el objeto de corregir la situación:
• Vuelva a orientar o cambie la ubicación de la antena receptora.
• Aumente la distancia que separa al equipo del aparato receptor.
• Conecte el equipo a una toma de corriente situado en un circuito distinto al
cual está enlazado el receptor.
• Solicite asistencia al distribuidor o a un técnico experimentado en radio o
aparatos de TV.
NOTAS