Requisitos para el Estado de Massachusetts
Modificaciones a NFPA-54, Capítulo 10
Revisar NFPA-54 sección 10.8.3 para añadir los siguientes
requisitos:
Para todos los equipos de gas con ventilación horizontal a la
pared lateral instalados en viviendas, edificios o estructuras
utilizadas parcial o totalmente para propósitos residenciales,
incluso aquellas de propiedad del Estado u operadas por el
mismo y donde la terminación de la ventilación de escape
de la pared lateral está a menos de siete (7) pies sobre el
nivel final del piso en el área de descarga, incluyendo pero sin
limitarse a las plataformas y pórticos, deberán cumplirse
los siguientes requisitos:
1 - INSTALACIÓN DE DETECTORES DE MONÓXIDO DE
CARBONO. En el momento de instalación del equipo
de gas con ventilación horizontal a la pared lateral,
el plomero o gásfiter instalador deberá observar la
instalación de un detector de monóxido de carbono de
conexión directa con alarma y batería de reserva en
el piso donde se instalará el equipo de gas. Además,
el plomero o gásfiter instalador deberá observar la
instalación de un detector de monóxido de carbono
de conexión directa o a batería con alarma en cada
nivel adicional de la vivienda, edificio o estructura
que recibe servicio del equipo de gas con ventilación
horizontal a la pared lateral. Será la responsabilidad
del propietario contratar servicios de profesionales
licenciados calificados para la instalación de detectores
de monóxido de carbono de conexión directa.
En caso que el equipo de gas con ventilación horizontal
a.
a la pared lateral sea instalado en el espacio bajo el
piso o el ático, el detector de monóxido de carbono
con alarma y batería de reserva de conexión directa
se puede instalar en el piso adyacente siguiente.
En caso que los requisitos de esta subdivisión no
b.
puedan cumplirse en el momento de finalización de la
instalación, el propietario tendrá un período de treinta
(30) días para cumplir con los requisitos antedichos;
siempre y cuando, durante dicho período de treinta
(30) días, se instale un detector de monóxido de
carbono a batería con alarma.
2 - DETECTORES DE MONÓXIDO DE CARBONO
APROBADOS. Cada detector de monóxido de carbono
requerido de conformidad con las disposiciones
anteriores deberá cumplir con la norma NFPA 720, ser
aprobado por ANSI/UL 2034 y contar con la certificación
IAS.
3 - LETREROS Una placa de identificación de metal o de
plástico será montada permanentemente en el exterior
del edificio a una altura mínima de ocho (8) pies sobre
el nivel del suelo directamente en línea con el terminal
del ventilación de escape para el aparato o equipo de
calefacción a gas con ventilación horizontal. El letrero
indicará en letras de imprenta al menos de media (1/2)
pulgada: "VENTILACIÓN DE GAS DIRECTAMENTE
DEBAJO. MANTENER LIBRE DE OBSTRUCCIONES."
4 - INSPECCIÓN. El inspector de gas estatal o local de los
equipos de gas con ventilación horizontal a la pared lateral
no deberá aprobar la instalación a menos que, durante la
inspección, el inspector observe detectores de monóxido
de carbono y letreros instalados de acuerdo con las
disposiciones de 248 CMR 5.08(2)(a) 1 a 4.
EXENCIONES: El equipo siguiente está exento de las
disposiciones de 24 CMR 5.08(2)(a) 1 a 4:
1 - El equipo enumerado en el Capítulo 10 titulado "Equipo
que no requiere sistema de ventilación" en la edición
más actualizada de NFPA 54 según lo adoptado por la
Junta; y
2 - Equipo de gas con ventilación horizontal a la pared
lateral aprobado instalado en un cuarto o estructura
separada de la vivienda, edificio o estructura utilizada
total o parcialmente para propósitos residenciales.
REQUISITOS DEL FABRICANTE -
SISTEMA DE VENTILACIÓN PARA EQUIPO DE GAS
INCLUIDO.
Cuando el fabricante de un equipo de gas con ventilación
horizontal a la pared lateral aprobado proporciona un diseño
de sistema de ventilación o componentes del sistema de
ventilación con el equipo, las instrucciones proporcionadas
por el fabricante para la instalación del equipo y el sistema de
ventilación deberán incluir:
1 - Instrucciones detalladas para la instalación del diseño
del sistema de ventilación o de los componentes del
sistema de ventilación; y
2 - Una lista completa de partes para el diseño del sistema
de ventilación o para el sistema de ventilación.
REQUISITOS DEL FABRICANTE -
SISTEMA DE VENTILACIÓN PARA EQUIPO DE GAS NO
INCLUIDO.
Cuando el fabricante de un equipo de gas con ventilación
horizontal a la pared lateral aprobado no provee las partes
para ventilar los gases de la combustión, pero identifica
"sistemas especiales de ventilación", deberá cumplir con los
siguientes requisitos:
1 - Las instrucciones del "sistema especial de ventilación"
al que se hace referencia deben incluirse con las
instrucciones de instalación del aparato o equipo; y
2 - Los "sistemas especiales de ventilación" deben ser un
producto aprobado por la Junta, y las instrucciones para
ese sistema incluirán una lista de partes e instrucciones
detalladas para la instalación.
Una copia de todas las instrucciones de instalación
de todo el equipo de gas con ventilación horizontal a
la pared lateral aprobado, todas las instrucciones del
sistema de ventilación, todas las listas de partes para las
instrucciones de ventilación, y/o todas las instrucciones
de diseño de ventilación deberá permanecer con el
aparato.
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