• El panel de control cumple con la parte 15 de las
normas de FCC y con RSS-247 de las normas de IC.
Su funcionamiento depende de las dos condiciones si-
guientes: (1) El panel de control no debe causar inter-
ferencia nociva, y (2) el panel de control debe aceptar
toda interferencia recibida, incluso interferencia que
pueda causar un funcionamiento no deseado.
• El panel de control ha sido probado y se ha determi-
nado que cumple con los límites de los dispositivos
digitales Clase B, conforme con la parte 15 de las
normas de FCC. Estos límites están diseñados para
brindar una protección razonable contra interferen-
cia nociva en una instalación residencial. El panel de
control genera, utiliza y puede irradiar energía de
radiofrecuencia. Si no se lo instala y utiliza según las
instrucciones, puede causar interferencia nociva a
las comunicaciones radioeléctricas. No obstante, no
se puede garantizar que no haya interferencia en una
instalación en particular. Si el panel de control causa
interferencia nociva en la recepción de radio o televi-
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sión, que puede verificarse encendiendo y apagando
el panel de control, se recomienda al usuario que
intente corregir la interferencia mediante una o más
de las siguientes medidas:
− Reorientar o reubicar la antena de recepción.
− Aumentar la distancia entre el panel de control y el
receptor.
− Consultar con el vendedor o con un técnico especiali-
zado de radio/TV.
Los cambios o modificaciones que no estén expresa-
mente aprobados por el responsable de cumplimiento
podrían anular la autoridad del usuario para operar el
panel de control.
• Declaración de cumplimiento con las normas FCC de
exposición a la radiación: El panel de control cumple
con las normas de FCC respecto de los límites de
exposición a la radiación RF establecidos para un
medioambiente no controlado.
• El término "IC:" delante del número de certificación
del interruptor de pared significa que el interruptor
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