Los acondicionadores, aditivos, inhibidores y líquidos anticongelantes utilizados
deben contar con la declaración del fabricante de que son idóneos para el uso en
instalaciones de calefacción y que no dañarán el intercambiador de la caldera ni
otros componentes o materiales de la caldera o de la instalación.
Los acondicionadores químicos deben asegurar una desoxigenación total del
agua, contener protectores específicos para los metales amarillos (cobre y sus
aleaciones), antincrustantes de sales de calcio, estabilizadores de pH neutro y, en
los sistemas de baja temperatura, biocidas específicos para instalaciones de ca-
lefacción.
Acondicionadores químicos aconsejados:
SENTINEL X100 y SENTINEL X200
FERNOX F1 y FERNOX F3
El aparato está dotado de un dispositivo antihielo que activa la caldera en modo
calefacción cuando la temperatura del agua de ida a calefacción se hace inferior
a 6 °C. Para que este dispositivo funcione, el aparato debe estar conectado a la
electricidad y al gas. Si es necesario, introduzca en la instalación un líquido anti-
congelante que cumpla los requisitos de la norma italiana UNI 8065 antes mencio-
nados.
Si el agua (tanto la del sistema como la de alimentación) se somete a tratamientos
químicos y físicos adecuados y a controles frecuentes que aseguren los valores
indicados, y solo en aplicaciones de proceso industrial, se permite instalar el apa-
rato en sistemas con vaso abierto, siempre que la altura hidrostática del vaso ga-
rantice la presión mínima de funcionamiento indicada en las especificaciones
técnicas del producto.
En presencia de depósitos sobre las superficies de intercambio de la caldera
por inobservancia de estas indicaciones, la garantía queda anulada.
Kit antihielo para instalación exterior (opcional - 013022X0)
En caso de instalación exterior, en un lugar parcialmente resguardado para temperaturas inferiores a -5 °C y hasta -15
°C, se debe instalar el kit antihielo. Para el montaje del kit, consulte las instrucciones que lo acompañan.
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BLUEHELIX TOP RRT 34 C
cod. 3541R720 - Rev. 00 - 05/2019
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