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PARTE GAS
REQUISITOS PARA LA INSTALACIÓN DEL GAS
Importante !
•
Antes de la instalación asegurarse que la distribución de energia local (tipo de
gas y su presión) y el ajuste de éste aparato son compatibles. El ajuste de las
condiciones del aparato está dado en la placa o la etiqueta.
Este aparato debe ser instalado y regulado solo por un instalador cualificado
•
y habilitado, con conocimientos técnicos tanto de instalaciones de gas como
eléctricas. La instalación y la regulación deben ser realizadas según las normas
locales vigentes.
•
El incumplimiento de estas condiciones anula la mercancía.
La cocina está dispuesta y calibrada previamente para funcionar con GAS NATURAL (G20)
o GAS BUTANO-PROPANO (G30/G31) (véase la placa de características del aparato).
Aparatos regulados para funcionar con gas G20: Estos aparatos está regulados para
•
funcionar solo con este tipo de gas y no pueden ser utilizados para otros gases (G30/
G31) sin modificaciones. Los aparatos son idóneos para la conversión para el uso con
gas G30/G31.
Aparatos regulados para funcionar con gas G30/G31: estos aparatos están regulados
•
para funcionar solo con este tipo de gas y no pueden ser utilizados para otros gases
(G20) sin modificaciones. Los aparatos son idóneos para la conversión para el uso
con gas G20.
Si el kit de conversión G20 o G30/G31 no se suministra con el aparato lo puede adquirir
en los Centros de Asistencia.
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