Guías para la colocación de detectores de humo y
detectores de CO
La siguiente información es solo para orientación general y se recomienda consultar los códigos y reglamentos
contra incendios locales al momento de colocar e instalar alarmas de detección de humo y CO.
Detectores de Humo
Las investigaciones han demostrado que los incendios hostiles en hogares generan humo en mayor o menor grado.
Los experimentos en incendios típicos en hogares indican que las cantidades detectables de humo preceden a los
niveles detectables de calor en la mayoría de los casos. Por estas razones, los detectores de humo se deben instalar
fuera de cada dormitorio y en cada piso de la casa. La siguiente información es solo para orientación general y se
recomienda consultar los códigos reglamentos contra incendios locales al momento de colocar e instalar alarmas de
detección de humo. Se recomienda instalar detectores de humo además de los requeridos para aumentar la pro-
tección. Las áreas adicionales que deben ser protegidas incluyen: sótano, dormitorios, en particular aquellos donde
duermen fumadores; comedor, cuartos de calderas y de servicio; y entradas no protegidas por los detectores reque-
ridos. En cielos rasos lisos, los detectores pueden ser espaciados 9,1 m como guía. Puede que se requiera otro espa-
ciado dependiendo de la altura del cielo raso, el movimiento de aire, la presencia de vigas, cielos rasos no aislados,
etc. Consulte el Código Nacional de Alarmas de Incendios NFPA 72, CAN/ULC-S553-02 u otras normas nacio-
nales apropiadas para las recomendaciones de instalación.
No coloque los detectores de humo en la parte más alta del techo o tejado; el espacio de aire muerto en
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estas ubicaciones puede evitar que los detectores detecten el humo.
Evite áreas con corrientes de turbulencia de aire, como cerca de puertas, ventiladores o ventanas. El movi-
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miento rápido de aire alrededor del detector puede evitar que el humo entre en la unidad.
No coloque los detectores en áreas con alta humedad.
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No coloque los detectores en áreas donde las temperaturas aumenten por encima de 38 °C (100 °F) o des-
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ciendan a menos de 5 °C (41 °F).
En EE.UU., los detectores de humo deberían instalarse de acuerdo con el Capítulo 29 de NFPA 72, el Código
Nacional de Alarmas de Incendios: 29.5.1.1.
Donde sea exigido por otras legislaciones, códigos o normas aplicables para un tipo específico de ocupación, las
alarmas de humo de estación simple y múltiple aprobadas deberán instalarse de la siguiente manera:
1. En todos los dormitorios y las habitaciones de huéspedes.
2. Fuera de cada área de descanso de una unidad de vivienda separada, a una distancia de 6,4 m de cual-
quier puerta de dormitorio, con la distancia medida a lo largo de una ruta de desplazamiento.
3. En cada nivel de una unidad de vivienda, incluyendo los sótanos.
4. En cada nivel de un establecimiento residencial de hospedaje y cuidado (instalación pequeña), inclu-
yendo los sótanos y sin considerar los espacios de techos muy bajos y los áticos no acabados.
5. En las zonas de estar de una habitación de huésped.
6. En las zonas de estar de un establecimiento residencial de hospedaje y cuidado (instalación pequeña).
Guías para la colocación de detectores de humo y detectores de CO
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