§7
Obligaciones del licenciatario
1.
En el caso de que el software no funciona, total o parcialmente, de manera correcta, el licenciatario debe tomar las
siguientes medidas. Antes del uso operativo, se debe comprobar que el software pueda usarse para su uso
previsto. El licenciatario garantiza que se realizará una copia de seguridad de los datos según los últimos avances
tecnológicos, de modo que los datos actuales de los inventarios de datos contenidos de forma legible
mecánicamente se puedan reproducir.
2.
El licenciatario debe proteger el software con medidas adecuadas contra el acceso no autorizado de terceros.
§8
Indemnización por daños y perjuicios en caso de incumplimiento del contrato
El licenciatario se responsabiliza de todos los daños debidos a la violación del derecho de la propiedad intelectual, que
le supongan a SIELAFF por incumplimiento por parte del licenciatario de estas disposiciones contractuales. Como
indemnización por daños y perjuicios establecida se acuerda una penalización de 200.000,00 EUR por cada caso de
contravenencia bajo exclusión de la ofensa continuada, siempre y cuando el licenciatario demuestra que en algún caso
en particular se ha originado un daño mínimo.
§9
Modificaciones y actualizaciones
SIELAFF está autorizada a crear actualizaciones de software según juzgue necesario. SIELAFF no está obligado a
poner las actualizaciones del programa a disposición de aquellos licenciatarios, cuyo software no esté registrado o de
aquellos que no hayan pagado una tasa de actualización o no hayan celebrado un contrato de mantenimiento válido.
§10 Garantía y responsabilidad de SIELAFF
1.
SIELAFF garantiza al licenciatario original que, en el momento de la entrega del software y del material
correspondiente bajo condiciones de funcionamiento normal y con una mantenimiento normal del programa de
soporte de datos, el software funciona perfectamente.
2.
En caso de que el programa de soporte de datos presente errores, el licenciatario tienen derecho a que se le
suministre uno que funcione correctamente dentro de la garantía que dura 12 meses. Para ello, el licenciatario debe
devolver el programa de soporte de datos inclusive todas las copias de reserva y el material escrito y una copia de
la factura o el recibo de la adquisición del software a SIELAFF o al comerciante, al que ha comprado dicho
producto. Por instancia de SIELAFF, el licenciatario debe asegurar mediante una declaración jurada ante notario,
que según su conocimiento no existen otras copias del software.
3.
Si el problema no se subsana en un plazo adecuado mediante la entrega de otro programa, el licenciatario tiene
derecho a una reducción del precio de adquisición o a la anulación del contrato. Por los motivos mencionados en
§ 1, SIELAFF no asume responsabilidad alguna por la ausencia de errores del software.
4.
Queda excluida la responsabilidad (también extracontractual) de SIELAFF, en la medida en que SIELAFF no se
responsabiliza, debido a disposiciones legales vinculantes, por ej. por premeditación o por negligencia grave, por la
ausencia de características garantizadas o la violación de las obligaciones contractuales Si un tercero hacer valer
sus reclamaciones contra el licenciatario debido a derechos de protección o en relación con dichos derechos debido
a la entrega relativa al contrato, SIELAFF está autorizado y obligado bajo exclusión de responsabilidad adicional y
por cuenta propia a
•
proporcionar un derecho de uso de la autoridad designada para el derecho de protección o
•
a modificar las partes que violan el derecho de protección o cambiarlas por otras que no dispongan de
derecho de protección o
•
a admitir la devolución de los productos en cuestión reembolsando el precio de compra.
5.
SIELAF queda obligado a probar el programa de soporte de datos con la correspondiente versión más moderna de
un programa de antivirus habitual y a eliminar los posibles virus. Si a pesar de estas medidas llevadas a término por
SIELAFF, los programas de soporte de datos contienen virus, queda excluida la responsabilidad de SIELAFF.
§11
Disposiciones finales
1.
Toda modificación o ampliación de este contrato precisa constar por escrito para hacerse efectiva. Esto afecta
también a la anulación de los mismo requisitos de hacer constar los cambios por escrito.
2.
Si una de estas disposiciones de licencia fuese o resultarse, total o parcialmente, inefectiva, esto no afectaría a la
vigencia de las demás disposiciones La disposición inefectiva debe sustituirse por una que sea efectiva y que
contenga en lo posible el sentido y el propósito de la disposición inefectiva.
3.
De forma complementaria a las disposiciones de este contrato de licencia son validas las condiciones generales de
venta de SIELAFF en su versión actual correspondiente.
4.
A este contrato de licencia se aplica exclusivamente la legislación alemana con excepción del derecho de
compraventa de la ONU. La jurisdicción competente y el lugar de cumplimiento es Herrieden, siempre que el
licenciatario sea un comerciante en el sentido de lo estipulado en la legislación mercantil, o una persona jurídica de
derecho público.
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