HID ACW2-XN Guia De Instalacion página 25

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8.3. Limitación y Compensación Exclusiva. La indemnización descrita en este documento indica la responsabilidad total de
HID o de sus empresas filiales y la compensación exclusiva y única del Licenciatario de cualquier reclamación de
infracción de propiedad intelectual, o relacionada con el Software.
9.
Exportación. El Licenciatario deberá cumplir plenamente con todas las leyes y reglamentos internacionales y nacionales que
se apliquen al Software y a su Documentación pertinente y al uso del Licenciatario, tales como, entre otras, los Reglamentos
de la Administración de Exportaciones de los Estados Unidos y las restricciones del uso final y de destino emitidas por EE.UU.
o por otros gobiernos. Sin limitar la generalidad de lo anterior, el Licenciatario acepta, expresamente, que ni él, ni sus
representantes exportarán, directa o indirectamente, o re-exportarán, desviarán o transferirán el Software o la Documentación
pertinente o cualquier producto directo del mismo, a cualquier destino, empresa o persona restringida o prohibida por las leyes
o reglamentos de los Estados Unidos o por las leyes o reglamentos de cualquier otra jurisdicción competente.
10. Términos de Licencia de Componentes de Software de Terceros. En la medida en que exista algún componente de
software de terceros con licencia para HID por parte de los Licenciantes incluidos en el Software, dichos componentes deberán
ser licenciados como parte del Software de acuerdo a los términos y condiciones de este acuerdo EULA. Tales Licenciantes
pueden proveer derechos adicionales, requisitos y notificaciones (cuyos derechos, requerimientos y avisos pueden encontrarse
en un archivo léame o documento adjunto del producto, o de lo contrario se distribuyen con el Software), y nada de lo que
contenga este documento podrá alterar o limitar tales derechos, notificaciones o requisitos provistos al Licenciatario por dichos
Licenciantes.
11. Derechos Restringidos por el Gobierno de los Estados Unidos. Este Software es distribuido con ciertos "Derechos
Restringidos". El uso, duplicación o divulgación por parte del Gobierno de los Estados Unidos, estará sujeto a las restricciones
establecidas en el subpárrafo (c) (1) (ii) de la cláusula de Derechos de Datos Técnicos y Software de Computadoras de DFARS
252.227-7013 o en los subpárrafos (c) (1) Y (2) de los Derechos Restringidos de Software de Computadoras Comerciales de
48 CFR 52.227-19, según corresponda (y en las cláusulas posteriores de cualquiera de las anteriores). El contratista o
fabricante es HID Global Corporation. Todo el Software proporcionado al Gobierno de los Estados Unidos, y a sus entidades
civiles y militares, es un software de computadora comercial que se creó con fondos privados antes de su aprovisionamiento
para cualquier entidad del Gobierno de los Estados Unidos. En virtud del reglamento vigente establecido en el FAR o DFARS
(y cualquier otro reglamento sustitutorio), este Software está provisto con los derechos de la licencia comercial y las
restricciones descritas en el documento del acuerdo EULA. Para las entidades del Departamento de Defensa, también se
aplicarán las restricciones establecidas en la cláusula "Datos Técnicos - Artículos Comerciales" de DFARS 252.227-7015
(noviembre de 1995).
12. Plazo y Fin de la Licencia. El plazo aplicable para el uso del Software por parte del Licenciatario será perpetuo, a menos que
se indique lo contrario en los Documentos de Compra. HID se reserva el derecho de rescindir este acuerdo EULA y el derecho
correspondiente del Licenciatario de usar el Software en caso de que el Licenciatario incumpla cualquiera de las obligaciones
materiales descritas en este EULA y no ponga remedio a esta infracción en un periodo de treinta (30) días después de que HID
le envíe una notificación por escrito describiendo dicho incumplimiento, en el caso de que tal incumplimiento pueda ser
remediado, o inmediatamente en el caso de que la infracción no pueda ser remediada. Si el Licenciatario suspende el uso del
Software o renuncia al uso y control personal de las computadoras u otro hardware en el que se halle instalado el Software, el
Licenciatario deberá destruir todas las copias del Software, la Documentación pertinente y cualquier otro material relacionado
con el mismo. Los derechos y obligaciones de las partes en virtud de las secciones 2, 4, 5, 6.4 y 7 a 13 prevaldrán ante
cualquier finalización anticipada de este EULA.
13. General. Este EULA, junto con los Documentos de Compra y anexos adjuntos y / o referenciados, anexos y listas, constituye el
acuerdo completo entre las partes, y reemplaza todos los acuerdos o representaciones anteriores o posteriores, bien sean
escritos u orales, relacionados con el objeto de este EULA. Este EULA no puede ser modificado o enmendado, excepto si se
hace por escrito y ha sido firmado por los representantes debidamente autorizados del Licenciatario y de HID. Ningún otro acto,
documento (incluyendo la orden de compra del Licenciatario u otro documento del Licenciatario), uso o costumbre se
considerará que puede modificar o alterar este EULA. Si alguna de estas disposiciones no fuese aplicable en alguna
jurisdicción, por cualesquiera que fuese la razón, dicha disposición se enmendará solo en la medida necesaria para hacerla
ejecutable, y dicha decisión no afectará la vigencia de: (a) la disposición bajo otras circunstancias o jurisdicciones; o (b) de las
demás disposiciones del presente documento en cualquier circunstancia o jurisdicción. Estos términos y condiciones, así como
su interpretación, se regirán por las leyes de los Estados Unidos y las leyes del Estado de Texas, sin tener en cuenta los
conflictos de principios legales. En el caso de que sea necesaria una acción legal para hacer cumplir o interpretar los términos
de este Acuerdo, las partes acordarán que tal acción será llevada a los Tribunales Estatales o Federales sitos en el Condado
de Travis, Texas, y que no se realizará en ningún otro lugar. Estos términos y condiciones, el contrato de licencia por separado
del software y el uso del Licenciatario, no se regirán por el Convenio de las Naciones Unidas de Contratos para la Venta
Internacional de Bienes, cuya aplicación queda expresamente excluida en el presente.
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