GARANTÍA, PRESTACIONES DE GARANTÍA Y RESPONSABILIDAD POR EL PRODUCTO
Las prestaciones de garantía se conceden según las estipulaciones legales de la República de Austria y de la UE.
1.
Condición previa para la prestación de garantía a cargo del fabricante es presentar la factura pagada de compra del aparato
para el que se solicita la prestación de garantía, siendo necesario que en la factura se identifique al aparato con tipo y nú-
mero de fabricación y que el solicitante de la indemnización lo demuestre. Sólo tienen vigencia las condiciones generales
de venta y suministro del fabricante.
2.
El montaje, la colocación, la conexión y la puesta en servicio del aparato por el que se reclama tiene que haberlo hecho un
electricista o instalador autorizado respetando todas las normas necesarias al respecto, siempre y cuando lo exijan las leyes
o las instrucciones de montaje y manejo. El calentador (sin revestimiento exterior o revestimiento exterior de plástico) tiene
que estar protegido contra la radiación solar para evitar la decoloración de la espuma de PU y un posible alabeamiento de
las partes de plástico.
3.
El recinto en el que se utilice el aparato tiene que ser a prueba de heladas. El aparato debe montarse en un lugar que sea
fácilmente accesible para el caso de que sea necesario hacer el mantenimiento, reparaciones o su posible sustitución sin
generar demasiados costes. Los costes que resulten de los trabajos de modificación constructiva necesaria (por ejemplo,
puertas y pasillo demasiado estrechos) no están cubiertos por la garantía ni las prestaciones que se ofrecen por lo que el
fabricante los rechaza. Cuando se coloque, monte y ponga en funcionamiento el calentador de agua en lugares inusuales
(por ejemplo: desvanes, habitaciones con pisos sensibles al agua, cuartos trasteros, etc.) hay que tener en cuenta la posi-
bilidad de que salga agua por lo que hay que prever un dispositivo que recoja y derive el agua que salga para evitar daños
secundarios en el sentido de la responsabilidad por el producto.
4.
Casos que no dan derecho a exigir las prestaciones de garantía:
transporte inadecuado, desgaste normal, daño intencionado o por imprudencia, uso de cualquier tipo de violencia, deterio-
ro mecánico o daños por heladas o por haber superado, aunque sólo sea una vez, la presión de régimen indicada en la placa
de características, utilizar grifería que no cumpla las normas o una grifería de conexión del acumulador que no funcione así
como el uso de grifería inadecuada y que no funcione. Rotura de piezas de cristal y plástico, eventuales diferencias de color,
daños por uso inadecuado, especialmente por no respetar las instrucciones de montaje y manejo (instrucciones de manejo
e instalación), daños por influjos externos, conexión a una tensión falsa, daños de corrosión como consecuencia de agua
agresiva –no apta como agua potable– de acuerdo con las normas nacionales (por ejemplo: decreto austríaco sobre el agua
potable TWV - BGBl. (BOE de Austria) II N°. 304/2001), divergencias entre la temperatura real del agua potable en la grifería
del termo y la temperatura del agua indicada de hasta 10K (coeficiente de histéresis del regulador y posible enfriamiento
de la tubería), Utilización del aparato a pesar de haberse originado fallos, modificaciones arbitrarias del aparato, incorpo-
ración de componentes adicionales que no han sido probados con el aparato, reparaciones inadecuadas, conductancia
insuficiente del agua (mín. 150 µs/cm), deterioro del ánodo de magnesio (pieza de desgaste) condicionado por el servicio,
incrustaciones calcáreas naturales, falta de agua, fuego, inundaciones, caída de rayos, sobretensión, corte de corriente u
otros casos de fuerza mayor. Utilización de componentes que no sean originales o que sean de otras empresas como, por
ejemplo, calentador tubular, ánodo de protección, termostato, termómetro, intercambiador de calor tubular de aletas, etc.
Piezas montadas que no estén aisladas respecto al alimentador, cuerpos extraños flotantes o influjos electroquímicos (por
ejemplo, instalación mixta), incumplimiento de los documentos de planificación, no cambiar a tiempo documentándolo el
ánodo de protección, falta de limpieza o limpieza y manejo inadecuados así como desviaciones de la norma que reduzcan
sólo mínimamente el valor y la capacidad de funcionamiento del aparato. Básicamente hay que cumplir también todas las
disposiciones según la norma ÖNORM B 2531, DIN 1988 (EN 806), DIN 1717, VDI 2035 o las leyes y prescripciones nacionales
correspondientes.
5.
En el caso de que haya una reclamación justificada, ésta tiene que presentarse en el punto de servicio al cliente del fabrican-
te más cercano. Éste se reserva el derecho a decidir si sustituye o repara una pieza defectuosa o si sustituye un aparato de-
fectuoso por otro nuevo equivalente. Además, el fabricante se reserva expresamente el derecho a exigir que el comprador
envíe el aparato reclamado. El momento de la reparación o de la sustitución se determina en función del producto.
6.
Las reparaciones de garantía sólo pueden hacerlas las personas que estén autorizadas por el fabricante para ello. Las piezas
cambiadas pasan a ser propiedad del fabricante. En el caso de que en el curso de la realización de trabajos de servicio neces-
arios se determine que es preciso realizar posibles reparaciones en el calentador, éstas se pondrán proporcionalmente en
factura en forma de costes de reparación y material.
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Id.Nr.: 236921-17