6.6 Distancia con respecto a superficies reflectantes
Las superficies reflectantes en las proximidades de los sensores
fotoeléctricos de seguridad pueden anular la función de seguridad del
sistema.
La distancia mínima (D) se determina según el ancho de la zona protegida (I)
considerando el ángulo de proyección y de recepción.
Se debe respetar la distancia mínima (D) entre las superficies reflectantes
y la zona protegida (P). En caso de incumplimiento no se detectará el
objeto. En caso de uso indebido del producto no se puede garantizar la
seguridad e integridad de las personas e instalaciones.
Emisor (T)
D = distancia mínima; I = ancho de la zona protegida (alcance); P = zona protegida
► Después del montaje, comprobar mediante la interrupción intencionada de
la zona protegida (P) si el funcionamiento de los sensores fotoeléctricos de
seguridad pudiera verse afectado por superficies reflectantes.
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D
P
D
D
D
I
Receptor (R)