Licencia Pública De La Librería Gnu - Handspring Visor Prism Guia Del Usuario

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su totalidad al presente Contrato de Licencia en virtud de la referencia que se hace a las
mismas en la presente disposición.
MANTENIMIENTO DEL CONTRATO: En caso de que cualquiera de las disposiciones
del presente Contrato de Licencia fuere considerada inválida, ilegal o nula, la validez,
legalidad y aplicabilidad de cualesquiera de las disposiciones restantes no se verá
afectada, debiendo sustituirse la disposición que se haya visto afectada por otra
disposición válida, legal y aplicable de finalidad e impacto económico similar.
INTEGRIDAD DEL CONTRATO: El Presente Contrato de Licencia representa el
acuerdo íntegro entre el Cliente y Handspring, sustituye cualesquiera acuerdos previos,
ya sean orales o escritos, en relación con el Software, y podrá ser modificado
únicamente mediante documento escrito firmado por ambas partes.
Licencia Pública de la Librería GNU
Versión 2, junio 1991
Copyright (C) 1991 Free Software Foundation, Inc.
59 Temple Place - Suite 330, Boston, MA 02111-1307, Estados Unidos.
Se permite a cualquier persona la reproducción y distribución de copias literales del
presente documento de licencia, pero no su modificación.
(La presente versión es la primera versión de la Licencia Pública de la Librería. Está
numerada como segunda porque se presenta acompañada con la versión 2 de la
Licencia Pública Ordinaria).
PREÁMBULO: Las licencias de la mayoría de los programas de software están
diseñadas de tal modo que excluyan la libertad del Cliente de compartir y de modificar
dicho software. Por el contrario, las Licencias Públicas de la Librería GNU pretenden
garantizar la libertad del Cliente de compartir y modificar el software libre, de tal forma
que se garantice que el software es libre para todos sus usuarios.
La presente licencia, la Licencia Pública de la Librería GNU, se aplica a ciertos
programas de software de la Free Software Foundation especialmente designados, así
como a cualquier otra librería cuyos autores decidan utilizarla. El Cliente también podrá
utilizar la presente licencia para sus librerías.
Al hablar de software libre, nos estamos refiriendo al término en el sentido de libertad,
y no de precios. Nuestras Licencias Públicas de la Librería GNU son diseñadas para
garantizar que el Cliente tiene la libertad de distribuir copias del software libre (así
como de cobrar por este servicio si se desea), recibe el código fuente o puede obtenerlo
si lo desea, puede modificar el software o utilizar fragmentos del mismo en nuevos
programas libres; y tiene conocimiento de que puede hacer todas estas cosas.
Para proteger los derechos del Cliente, se hace necesario imponer restricciones que
prohiban a terceros negar la existencia de dichos derechos o exigirle al Cliente su
renuncia a ellos. Dichas restricciones se traducen en ciertas responsabilidades del
Cliente en caso de que éste distribuya copias de la librería, o de que las modifique. Por
ejemplo, en el caso de que el Cliente distribuya copias de la librería, ya sea de forma
gratuita o a cambio de un canon, el Cliente deberá otorgar a los destinatarios la totalidad
de los derechos que se le hayan conferido al Cliente en virtud de la presente licencia. El
Cliente deberá garantizar que los destinatarios también reciban o puedan obtener el
código fuente. En caso de que el Cliente establezca un vínculo entre un programa y la
librería, el Cliente deberá proporcionar los ficheros completos de código objeto a los
destinatarios, de tal modo que éstos puedan vincularlos de nuevo con la librería, tras
efectuar modificaciones en la librería y tras compilarla de nuevo. Además, el Cliente
deberá informar de los presentes términos a los destinatarios para que éstos conozcan
sus derechos.
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