SENSORES DE DETECCIÓN DE FUGAS
SENSORES DE VAPOR
Los sensores de vapor Veeder-Root deben instalarse únicamente en pozos en los que se haya determinado
mediante pruebas que el suelo no está contaminado más allá de unos límites aceptables.
Un sensor de vapor no debe instalarse en pozos en sitios que hayan sufrido un derramamiento u otra
fuente de contaminación ni donde el sensor pueda sumergirse en aguas subterráneas.
Los sensores de vapor Veeder-Root deben utilizarse solamente en pozos de observación en los que la
Importante
resistencia del sensor de vapor inicial sea superior a 25 kohmios. Cuando se sospeche contaminación,
póngase en contacto con su Administrador de la Cuenta de Veeder-Root en la dirección de la página 1.
El contratista debe suministrar un pozo de observación construido según la especificación que se da en la
sección "POZOS DE OBSERVACIÓN" de la página 19.
SENSORES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
Los sensores de aguas subterráneas de Veeder-Root deben instalarse únicamente en pozos húmedos en los
que se haya determinado mediante pruebas que el agua del pozo no está contaminada más allá de unos
límites aceptables.
Un sensor de aguas subterráneas no debe instalarse en pozos en los que pruebas preliminares indiquen
que hay una película de hidrocarburo sobre la superficie de las aguas subterráneas superior a 0,75 mm
(0,030 pulgadas) o en los que el nivel freático pueda caer por debajo del fondo del pozo.
El contratista debe suministrar un pozo de observación construido según la especificación contenida en la
siguiente sección.
POZOS DE OBSERVACIÓN
Para asegurar la máxima eficacia de los sensores de aguas subterráneas y de vapor de Veeder-Root,
Veeder-Root recomienda encarecidamente que los pozos para la instalación de sensores de vapor o de
aguas subterráneas se construyan de acuerdo con las siguientes especificaciones. Todos los materiales son
patentados y están fácilmente disponibles.
Éstas son únicamente recomendaciones. Los contratistas deben asegurarse de que todos los pozos
Importante
cumplen todas las normas y códigos de procedimiento vigentes en la localidad de la instalación.
Los pozos de observación de aguas subterráneas deben prolongarse hasta 1,5 metros por lo menos por
debajo del nivel freático medio, hasta una profundidad máxima de 6 metros.
Todos los pozos de observación deben prolongarse hasta 1000 mm por debajo del nivel del tanque más
bajo o hasta el sistema de tuberías.
El pozo debe cubrirse y protegerse contra el tráfico con una cámara de acceso y una cubierta adecuadas.
La parte superior de la cámara debe elevarse ligeramente por encima de la superficie general de la pista
para evitar la acumulación de agua estancada sobre la cubierta. La cubierta debe ofrecer un acceso
limitado y debe estar claramente marcada para evitar confusiones con otras aberturas.
Todos los pozos deben entubarse con tubería de PVC perforada o ranurada en fábrica, metálica
galvanizada o revestida con un diámetro interior de 100 mm y orificios con una anchura máxima de 0,5
mm. Los orificios deben extenderse desde el fondo del pozo hasta 600 mm de la superficie.
El entubado ciego del pozo de 100 mm debe extenderse hasta 300 mm y 100 mm de la superficie. El
entubado del pozo debe taparse en el fondo.
19
SENSORES DE VAPOR