la suplementaria, las siguientes partes (la lista que se anota
a continuación es taxativa y no enunciativa, por lo cual, las
partes no incluidas expresamente, se encuentran cubiertas
por la garantía):
•De acuerdo con lo establecido por la Superintendencia de
Industria y Comercio, en el numeral 1.2.2.2.1 de la Circular
Única, se considerarán parte de desgaste las siguientes:
Llantas, neumáticos, bujías, discos de clutch, pastillas
o bandas para freno, kit de arrastre, cable del embrague,
dirección. También se incluyen en esa lista sustancias o
materiales que, no siendo exactamente partes, por tratarse
de elementos de consumo, también están excluidas de la
garantía, a saber: aceite de motor, aceite de suspensión y
líquido de frenos.
•Pintura y cromo, por su deterioro natural, por su
exposición a la intemperie, por daños ocasionados por
agentes externos como productos químicos o por actos de
terceros y choques.
•Partes o sistemas que, sin autorización de AUTECO,
así como instalación de piezas que no pertenezcan al
diseño original del vehículo, interruptores, reguladores,
unidades de encendido electrónico, baterías, cables en
general, relay, etc., cuando éstos hubieren sido manipulados
en virtud de la instalación de dispositivos ajenos al diseño
original de la motocicleta (alarmas, accesorios sonoros o
electrónicos, etc.), o cuando dichas partes resulten dañadas
por razón de lavado a presión u otras causas no inherentes
a su uso normal.
•Las partes que hubieren debido ser intervenidas en alguna
de las revisiones técnicas obligatorias, a la cual el usuario
no hubiere asistido o lo hubiere hecho extemporáneamente.
•Daños ocasionados por incendio, choque o cualquier otro
agente externo.
•Daños ocasionados por no cambiar oportunamente el
aceite en el motor, en los kilometrajes recomendados, de
acuerdo con lo establecido en el presente Manual. Así mismo,
se excluyen de la garantía legal y suplementaria, los gastos
ocasionados por la utilización de otros vehículos para el
transporte del conductor y su acompañante, o cualesquiera
otras consecuencias derivadas de la inmovilización de la
motocicleta objeto de reparación en garantía.
•Se encuentra excluida de la Garantía Suplementaria la
bombilleria en general, es decir dichos componentes solo
se encuentran amparados por la Garantía Legal, durante
los primeros seis (6) meses o seis mil (6000) kilómetros,
lo que primero ocurra. Bajo las mismas condiciones antes
ALCANCES DE LA GARANTÍA:
Con la presentación de los cupones de garantía para las
revisiones técnicas obligatorias, adheridos a este Manual,
y dentro del período de garantía, toda intervención técnica
considerada normal, puede ser realizada por cualquier
CSA por Auteco, en cualquier
vehículo no hubiese sido vendido por el Agente Comercial
y/o Concesionario o CSA donde se solicite el servicio.
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parte del País, aunque el